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Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para el pago por vía telemática de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.

BOE-A-2023-21575Publicada: 20/10/2023MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución administrativa que crea el procedimiento oficial para pagar por internet la tasa que se cobra a quienes tienen reservada una parte del espacio radioeléctrico (las frecuencias de radio, televisión, telefonía móvil u otros usos inalámbricos). El pago se realiza a través del formulario modelo 990 accesible desde la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, conectada con la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas físicas o jurídicas que tengan concedida una reserva de frecuencias del dominio público radioeléctrico y estén obligadas a pagar la tasa correspondiente. En la práctica, esto incluye principalmente a empresas operadoras de telecomunicaciones, emisoras de radio o televisión y otros titulares de licencias de uso del espectro radioeléctrico. **¿Qué cambia o establece?** Hasta esta resolución no existía un cauce telemático oficial para abonar esta tasa. A partir de su entrada en vigor (veinte días después de su publicación en el BOE), los obligados al pago pueden elegir entre hacerlo por internet, identificándose con su NIF y un certificado electrónico válido y cargando el importe en cuenta bancaria o tarjeta, o bien seguir pagando de forma presencial en las entidades bancarias colaboradoras. Si el pago online se completa con éxito, la Agencia Tributaria genera un Número de Referencia Completo (NRC) que sirve como justificante oficial del ingreso.

💬 Contexto ciudadano

La tasa por reserva del dominio público radioeléctrico es un ingreso tributario vinculado a las concesiones del espectro de frecuencias, recurso escaso y estratégico cuya gestión corresponde a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. Hasta esta resolución, el único cauce de pago era presencial en entidades bancarias colaboradoras, implicando desplazamientos físicos innecesarios para operadores de telecomunicaciones que gestionan cientos de licencias simultáneas. La habilitación del formulario 990 en sede electrónica con conexión a la pasarela de pago de la AEAT actualiza el procedimiento a los estándares de la Ley 39/2015 de administración digital. Comparativamente, reguladores del espectro como el BNetzA alemán o el Ofcom británico operan con pago electrónico exclusivo para tasas del espectro desde hace más de una década, situando esta reforma española en un punto de convergencia tardía con el estándar europeo.

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