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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 24 de octubre de 1997 por la que se modifica la de 24 de enero de 1996 que completa la regulación de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas.

BOE-A-1997-23160Publicada: 01/11/1997MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden de 24 de octubre de 1997 por la que se modifica la de 24 de enero de 1996 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 24 de octubre de 1997 modifica la Orden de 24 de enero de 1996, que regulaba la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas, con el fin de adaptar su estructura y diseño a los cambios organizativos y normativos producidos en la Administración General del Estado. 2. **CONTEXTO** La Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas fue creada por el Real Decreto 2023/1995, de 22 de diciembre. Posteriormente, la Orden de 24 de enero de 1996 completó su regulación. Sin embargo, con la reorganización de la Administración General del Estado, se produjeron cambios en la estructura de los ministerios y en la adscripción de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Estos cambios generaron la necesidad de actualizar las normas que regulaban la concesión y el diseño de las condecoraciones de la Orden al Mérito. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 24 de octubre de 1997 introduce modificaciones en la Orden de 24 de enero de 1996, que regulaba la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas. Estas modificaciones responden a la necesidad de adaptar el régimen jurídico de la Orden a los cambios estructurales en la Administración General del Estado, incluyendo la supresión del Ministerio de Justicia e Interior y la creación de los Ministerios de Justicia y del Interior, así como la adscripción de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas al Ministerio del Interior. Además, se revisaron las características distintivas de las condecoraciones, especialmente para adecuarlas al modelo de escudo oficial de España. La modificación se realiza en uso de las facultades de desarrollo y ejecución otorgadas por la disposición final primera del Real Decreto 2023/1995, de 22 de diciembre, y por el artículo 5 del mismo, que atribuye a la autoridad competente la competencia para establecer las dimensiones y características distintivas de las condecoraciones. La modificación se lleva a cabo a propuesta de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. En el artículo único, se modifican los apartados segundo, tercero y cuarto de la Orden de 24 de enero de 1996. En particular, se establecen nuevos diseños para las medallas y la cruz blanca al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas. El anverso de las medallas incluye una corona circular de color azul con la inscripción "P.N.S.D." "Al Mérito", en dorado o plateado según la categoría, y el escudo oficial de España esmaltado en sus correspondientes colores. El reverso es liso y pulido, y puede incluir una dedicatoria. La Cruz Blanca al Mérito tiene un diseño específico, con una cruz de cuatro brazos, terminados en aristas de 45 milímetros, esmaltada en color blanco y filteada de metal plateado. En el centro de la cruz se encuentra un círculo de 20 milímetros de diámetro, con una corona circular de 2 milímetros de ancho, esmaltada de azul, que lleva la inscripción "P.N.S.D." "Al Mérito" en metal plateado, y el escudo oficial de España esmaltado en sus correspondientes colores sobre fondo blanco. El reverso de la Cruz Blanca también es liso y pulido, y puede incluir una dedicatoria. Las medallas en sus categorías de Oro y Plata penden de un cordón dorado o plateado respectivamente, mientras que la Cruz Blanca pende de una cinta de 30 milímetros de ancho, del mismo color, realizada en moiré y montada en un pasador de metal dorado. Las miniaturas para solapa, que son reproducciones fiel de las medallas o de la cruz, tienen un diámetro de aproximadamente 20 milímetros. Además, se modifican los diseños gráficos contenidos en los anexos I y II de la Orden de 24 de enero de 1996, que son sustituidos por los contenidos en los anexos I y II de la presente Orden. La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1997 modifica la normativa sobre la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas para adaptarla a los cambios estructurales en la Administración General del Estado. Se actualizan los diseños de las condecoraciones y se establecen nuevas características para su concesión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la normativa**: Se actualiza la Orden de 1996 para adaptarla a los cambios en la estructura de la Administración. ⚠️ **Reorganización administrativa**: La reestructuración de los ministerios justifica la necesidad de revisar el régimen jurídico de la Orden al Mérito. 📋 **Diseños de condecoraciones**: Se establecen nuevos diseños para las medallas y la Cruz Blanca al Mérito. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 24 de octubre de 1997 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de octubre de 1997 - **Materias**: Derecho administrativo, condecoraciones, Plan Nacional sobre Drogas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Orden al Mérito, Plan Nacional sobre Drogas, condecoraciones, diseño, administración pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1997, la regulación de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas se había establecido en 1996, complementando el Real Decreto de 1995 que la creaba. Esta normativa nacional, de ámbito estatal, no tiene un paralelo directo en otras Comunidades Autónomas, ya que la concesión de condecoraciones de mérito es competencia estatal. A diferencia de directivas europeas que buscan armonizar normativas, esta orden se centra en la estructura interna de la administración y la adecuación de los distintivos. La aprobación recae en el Ministro del Interior, a propuesta del Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y la concesión de la Medalla de Oro se publica en el BOE. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque clarifica los procedimientos y las autoridades competentes para reconocer méritos en la lucha contra las drogas, asegurando transparencia y un marco formal para estas distinciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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