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Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y temporales de viento acaecidos los días 5 y 6 de noviembre de 1997.

BOE-A-1997-26764Publicada: 13/12/1997JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre, por el que se adoptan medidas urge ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 24/1997 establece medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y temporales de viento ocurridos los días 5 y 6 de noviembre de 1997, especialmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la provincia de Huelva. 2. **CONTEXTO** Durante los días 5 y 6 de noviembre de 1997, se produjo un fuerte temporal de lluvias y viento que afectó especialmente a Extremadura, con graves consecuencias en Badajoz. En la provincia de Huelva también se registraron daños, aunque de menor intensidad. El fenómeno causó víctimas mortales y daños en infraestructuras, servicios públicos, viviendas, industria, agricultura y comercio. La magnitud del daño exige una respuesta rápida y coordinada por parte de las administraciones públicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre de 1997, introduce un conjunto de medidas urgentes para la reparación de los daños causados por las inundaciones y temporales de viento en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la provincia de Huelva. Estas medidas se fundamentan en el principio constitucional de solidaridad y buscan restablecer la normalidad en las zonas afectadas. El texto establece que las actuaciones reparadoras deben estar presididas por el principio de coordinación entre la Administración General del Estado, la Administración autonómica y las Corporaciones locales afectadas, con especial relevancia en el término municipal de Badajoz. En el artículo 1, se determina que las medidas afectan a varios Departamentos ministeriales, incluyendo Energía, Agricultura, Pesca y Alimentación, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, así como a los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. El artículo 2 establece que la determinación y evaluación general de las necesidades a atender se llevará a cabo por la Comisión mencionada en el artículo 1, en coordinación con las Autoridades de las Comunidades Autónomas a través de las Delegaciones del Gobierno. En el artículo 20, se establece que los Delegados del Gobierno podrán solicitar al Consorcio de Compensación de Seguros valoraciones de los daños, siempre que no afecten a bienes de titularidad estatal o se hallen entre los contemplados en el artículo relativo a los ocasionados en producciones agrarias. Los gastos generados por estas valoraciones se atenderán con cargo al crédito extraordinario establecido en el artículo 16.1. La disposición adicional única establece que lo establecido en el Real Decreto-ley no perjudica las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas, en el marco de sus Estatutos de Autonomía. Las disposiciones finales indican que el Gobierno y los titulares de los Departamentos ministeriales dictarán las disposiciones necesarias y establecerán los plazos para la ejecución de las medidas. Además, el Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 24/1997 introduce medidas urgentes para reparar los daños causados por inundaciones y temporales en Extremadura y Huelva. Estas medidas se basan en la coordinación entre administraciones y establecen procedimientos para la financiación de los gastos derivados. El texto establece que las medidas no perjudican las competencias autonómicas y se aplican en coordinación con las autoridades locales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Medidas urgentes**: Se establecen medidas paliativas y reparadoras para restablecer la normalidad en las zonas afectadas. ⚠️ **Coordinación entre administraciones**: Es fundamental la colaboración entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales. 📋 **Procedimientos de financiación**: Se establece un crédito extraordinario para financiar los gastos derivados de los daños. ℹ️ **No perjudica competencias autonómicas**: Las medidas no afectan las competencias de las Comunidades Autónomas, según sus Estatutos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Ley ordinaria - **Fecha**: 12 de diciembre de 1997 - **Materias**: Daños por inundaciones, temporales, coordinación administrativa, financiación de gastos, competencias autonómicas - **Relevancia**: ALTA Palabras clave: inundaciones, temporales, daños, coordinación, financiación, competencias autonómicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto-ley de 1997, la respuesta a catástrofes naturales como inundaciones se basaba en la solidaridad constitucional y la coordinación entre administraciones, pero sin un marco normativo específico y ágil para la reparación inmediata de daños. A diferencia de normativas posteriores o de la respuesta que otras Comunidades Autónomas pudieran haber articulado de forma más específica, esta norma estatal surge ante un evento concreto y de gran magnitud, afectando principalmente a Extremadura y Huelva. La aprobación recae en el Gobierno central, que coordina y complementa las ayudas ya iniciadas por la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que garantiza una respuesta más rápida y unificada, integrando las ayudas estatales con las autonómicas y locales para paliar las consecuencias económicas y sociales de la catástrofe. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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