Orden 231/1997, de 27 de noviembre, por la que se regula el Libro de Quejas y Sugerencias en el ámbito del Ministerio de Defensa.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden 231/1997, de 27 de noviembre, por la que se regula el Libro de Quejas y Su ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 231/1997, de 27 de noviembre, establece el régimen del Libro de Quejas y Sugerencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, adaptándose al Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, que regula los servicios de información administrativa y atención al ciudadano. 2. **CONTEXTO** La Orden 231/1997 se emite en el marco de la normativa general sobre atención al ciudadano, establecida por el Real Decreto 208/1996. Este último define el Libro de Quejas y Sugerencias como herramienta clave para la recepción y tramitación de reclamaciones o sugerencias por parte de los ciudadanos sobre los servicios públicos. La Orden específica su aplicación en el Ministerio de Defensa, con el objetivo de garantizar la transparencia y la atención adecuada a los ciudadanos que interactúan con la Administración. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 231/1997, de 27 de noviembre, regula el funcionamiento del Libro de Quejas y Sugerencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, adaptándose al marco normativo establecido por el Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero. Según el Real Decreto 208/1996, el Libro de Quejas y Sugerencias es un instrumento común para toda la Administración General del Estado, destinado a recoger las quejas o sugerencias formuladas por los ciudadanos sobre el funcionamiento, forma de prestación o calidad de los servicios públicos. La Orden 231/1997 establece que, en las dependencias, oficinas y centros de información y atención al ciudadano del Ministerio de Defensa, así como en los Registros generales o auxiliares, existirá un ejemplar del Libro de Quejas y Sugerencias, señalizado de forma visible mediante carteles y situado en lugares accesibles para su localización y uso por parte de los ciudadanos (artículo 1, primer párrafo). La custodia y conservación del Libro corresponde a funcionarios designados por los responsables de las dependencias, quienes deberán facilitar su uso y proporcionar información sobre su utilización (artículo 1, segundo párrafo). En cuanto al trámite de las quejas y sugerencias, la Orden establece que, si la queja o sugerencia se formaliza en el libro de la unidad administrativa directamente afectada, esta unidad deberá remitir inmediatamente una copia a la Secretaría General Técnica, junto con el original. Si la queja se presenta en un libro de una unidad distinta a la afectada, se remitirá el original y una copia a la Secretaría General Técnica (artículo 2). En el caso de que la queja corresponda a una unidad de otro departamento ministerial, la Secretaría General Técnica remitirá el original y la primera copia a la Inspección General de Servicios del Departamento correspondiente (artículo 3). La segunda copia, con el sello del Registro, se entregará al ciudadano en el acto o se le remitirá a su domicilio si la queja no se presenta personalmente. La tercera copia se archivará en el Registro de la unidad receptora de la queja (artículo 4). La Orden también establece que las quejas formuladas de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 208/1996 y en esta Orden no tendrán la calificación de recurso administrativo, ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente. Además, estas quejas no condicionan en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que puedan ejercitar los interesados según la normativa aplicable (artículo 5). Finalmente, la Orden establece que el Subsecretario de Defensa está facultado para dictar las instrucciones necesarias para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en la Orden (artículo 6). La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 7). 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 231/1997 establece el régimen del Libro de Quejas y Sugerencias en el Ministerio de Defensa, adaptándose al Real Decreto 208/1996. Establece la existencia, ubicación, custodia y trámite de las quejas y sugerencias formuladas por los ciudadanos. Las quejas no tienen carácter de recurso administrativo y no afectan a otros derechos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Implementación del Libro de Quejas y Sugerencias**: Se establece su existencia en dependencias del Ministerio de Defensa. ⚠️ **Trámite de las quejas**: Se detalla el proceso de remisión y copias a diferentes organismos. 📋 **No calificación como recurso**: Las quejas no se consideran recursos administrativos. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 231/1997 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de noviembre de 1997 - **Materias**: Atención al ciudadano, quejas y sugerencias, servicios públicos - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial de 1997, el Real Decreto 208/1996 ya establecía el Libro de Quejas y Sugerencias como un instrumento común para toda la Administración General del Estado, aplicable a nivel estatal y, por extensión, a las Comunidades Autónomas que no tuvieran normativa propia. Esta norma estatal, a su vez, se alinea con el espíritu de las directivas europeas que promueven la transparencia y la participación ciudadana en la gestión pública. La Orden 231/1997, aprobada por el Ministro de Defensa y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, concreta su implantación en el ámbito militar, mientras que otras CCAA o ministerios podrían tener regulaciones específicas o estar en proceso de adaptación. La diferencia para el ciudadano radica en la garantía de un canal formal y accesible para expresar su descontento o proponer mejoras en los servicios del Ministerio de Defensa, asegurando que sus observaciones sean recogidas y tramitadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────