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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1737/1997, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1317/1989, de 27 de octubre, por el que se establecen las Unidades Legales de Medida.

BOE-A-1997-25726Publicada: 03/12/1997MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1737/1997, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Real Decre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1737/1997 modifica el Real Decreto 1317/1989 para actualizar las Unidades Legales de Medida, incorporando nuevos prefijos y modificando la clasificación de las unidades SI suplementarias. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1317/1989 estableció las Unidades Legales de Medida en España, en cumplimiento de las Directivas europeas sobre unidades de medida. Posteriormente, la Directiva 89/617/CEE modificó algunos aspectos de la Directiva 80/181/CEE, incluyendo la norma ISO 2955. El Real Decreto 1737/1997 busca incorporar al ordenamiento español los cambios introducidos en dicha norma, especialmente en la representación de las unidades del Sistema Internacional (SI). 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1737/1997, de 20 de noviembre de 1997, modifica el Real Decreto 1317/1989, de 27 de octubre de 1989, con el objetivo de actualizar las Unidades Legales de Medida en España. La modificación se realiza en cumplimiento de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, en la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio. Según el artículo segundo, apartado 3, de dicha Ley, el Gobierno debe establecer las definiciones de las unidades, sus nombres y símbolos, así como las reglas para la formación de sus múltiplos y submúltiplos, en conformidad con los acuerdos de la Conferencia General de Pesas y Medidas y la normativa de la Comunidad Económica Europea. El Real Decreto 1317/1989 incorporó las Directivas 80/181/CEE y 85/1/CEE, así como las Resoluciones de la Conferencia General de Pesas y Medidas y el Documento Internacional «Unidades de Medidas Legales» de la Organización Internacional de Metrología Legal. Posteriormente, la Directiva 89/617/CEE modificó algunos extremos de la Directiva 80/181/CEE, incluyendo la supresión del plazo de vigencia para el uso de las indicaciones suplementarias y la modificación de la fecha de edición de la norma ISO 2955. Por ello, el Real Decreto 1737/1997 busca incorporar al ordenamiento interno el contenido de dicha norma ISO 2955, en lo referente a la representación de las unidades del SI. En el artículo 1 del Real Decreto 1737/1997, se establece que la representación de las unidades del Sistema Internacional (SI) se realizará de conformidad con la norma española UNE 82104:1997, que establece las reglas para la representación de las unidades en sistemas con conjuntos de caracteres limitados. En el artículo 2, se modifica el cuadro de múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades SI incluido en el Real Decreto 1317/1989, incorporando nuevos prefijos adoptados por la 19 Conferencia General de Pesas y Medidas en 1991. Estos prefijos son: yotta (Y), zetta (Z), zepto (z) y yocto (y), correspondientes a los factores 10^24, 10^21, 10^-21 y 10^-24, respectivamente. En el artículo 3, se suprimen las unidades SI suplementarias (radián y estereorradián) como clases independientes dentro del Sistema Internacional de Unidades, incorporándolas como unidades derivadas sin dimensión. Esta decisión se basa en el acuerdo de la 20 Conferencia General de Pesas y Medidas en 1995, según la Resolución 8. Finalmente, la disposición final única establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este Real Decreto se aprobó en Madrid el 20 de noviembre de 1997, firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado MONTALVO. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1737/1997 actualiza las Unidades Legales de Medida en España, incorporando nuevos prefijos y modificando la clasificación de las unidades SI suplementarias. Se cumple con los acuerdos internacionales y se actualiza la normativa interna para alinearla con las normas europeas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de las Unidades Legales de Medida**: Se incorporan nuevos prefijos y se modifica la clasificación de las unidades SI suplementarias. ⚠️ **Cumplimiento de normas internacionales**: Se alinea con las resoluciones de la Conferencia General de Pesas y Medidas y con las Directivas europeas. 📋 **Modificaciones específicas**: Se incluyen los prefijos yótta, zetta, zepto y yocto, así como la supresión de las unidades SI suplementarias como clases independientes. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1737/1997 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 20 de noviembre de 1997 - **Materias**: Metrología, Unidades de medida, Sistema Internacional - **Relevancia**: ALTA - **Categoría**: Normativa técnica y científica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1997 modifica el de 1989, que establecía las unidades legales de medida en España. Anteriormente, la normativa española, a través del Real Decreto 1317/1989, ya había incorporado directivas comunitarias (80/181/CEE y 85/1/CEE) y acuerdos internacionales sobre metrología. La modificación actual responde a la necesidad de transponer una nueva directiva europea (89/617/CEE) y resoluciones de la Conferencia General de Pesas y Medidas de 1991 y 1995, que actualizaban el Sistema Internacional de Unidades, incluyendo cambios en prefijos y la supresión de unidades suplementarias. Esta adaptación es crucial para el ciudadano porque garantiza la armonización de las unidades de medida a nivel europeo e internacional, facilitando el comercio, la comparación de datos y la seguridad en el uso cotidiano de las mediciones, y asegurando que la legislación española se mantenga alineada con los estándares globales y comunitarios aprobados por España como país firmante de la Convención del Metro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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