Real Decreto 1711/1997, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, aprobado por el Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, y modificado por el Real Decreto 1993/1996, de 6 de septiembre.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1711/1997, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Estatuto d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1711/1997 modifica el Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, con el objetivo de reorganizar su estructura y funciones, separando la Dirección General de Aviación Civil del órgano de gobierno del ente, y atribuyéndole todas las funciones a esta última. **2. CONTEXTO** El Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea fue aprobado por el Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, y modificado posteriormente por el Real Decreto 1993/1996, de 6 de septiembre. En ese momento, la presidencia del ente fue atribuida al Director general de Aviación Civil. Esta medida fue adoptada como una solución urgente para reducir el gasto público y racionalizar las funciones de la Administración General del Estado en materia de navegación aérea y aviación comercial. Ahora, con la intención de adecuar el ente a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se procede a una nueva modificación del Estatuto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1711/1997 introduce una serie de modificaciones al Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, con el fin de reorganizar su estructura y funciones. En primer lugar, se elimina la presidencia del ente público, que hasta entonces era ejercida por el Director general de Aviación Civil, y se atribuyen todas las funciones de gobierno y ejecución a este órgano. Esto implica que el Director general pasa a ser el órgano de gobierno del ente, con la representación y ejecución de sus funciones. En el artículo único, se modifican varios artículos del Estatuto, entre ellos los artículos 6, 7, 15, 17, 26 y 52. En concreto, el artículo 6 se modifica para establecer que el Director general del ente ejerce las funciones de gobierno y ejecución, incluyendo la gestión de las actividades y servicios del ente, el nombramiento del personal directivo, la aprobación de contratos hasta el límite fijado por el Consejo de Administración, la disposición de gastos y ordenación de pagos, la jefatura superior del personal, y la información al Consejo de Administración sobre asuntos relacionados con los servicios a su cargo. Además, se permite al Director general delegar las funciones de gestión de gastos y jefatura superior del personal en el personal directivo del ente. El artículo 52 se modifica para establecer que el ejercicio social se computará por períodos anuales, comenzando el día 1 de enero de cada año. También se establece que la cuenta de pérdidas y ganancias, la propuesta de aplicación de resultados, el balance y la memoria justificativa de cada ejercicio económico deberán ser presentados por el Director general del ente al Consejo de Administración para su aprobación antes de finalizar el primer trimestre del año siguiente, y esta aprobación deberá producirse antes de finalizar el primer semestre del mismo año. Además, se redactan los rótulos de las secciones 2.a y 3.a del capítulo II del Título I del Estatuto del ente público, que ahora quedan como “el Director general” y “los órganos de gestión”, respectivamente. En la Disposición derogatoria única, se derogan los artículos 23, 24 y 25 del Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, aprobado por el Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, y modificado por el Real Decreto 1993/1996, de 6 de septiembre. Finalmente, en la Disposición final única, se establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1711/1997 modifica el Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea con el objetivo de reorganizar su estructura y funciones, atribuyéndole todas las funciones de gobierno y ejecución al Director general de Aviación Civil. Se derogaron artículos anteriores y se establecieron nuevas normas sobre la gestión del ente. El Real Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reorganización del ente público**: Se elimina la presidencia del ente y se atribuyen todas las funciones al Director general de Aviación Civil. ⚠️ **Derogación de artículos anteriores**: Los artículos 23, 24 y 25 del Estatuto anterior quedan derogados. 📋 **Nuevas funciones del Director general**: Se le atribuyen funciones de gestión, delegación y control de gastos y personal. ℹ️ **Adaptación a la Ley 6/1997**: La modificación busca adecuar el ente a las previsiones de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1711/1997 - **Tipo**: Norma de modificación - **Fecha**: 14 de noviembre de 1997 - **Materias**: Administración pública, aviación, aeropuertos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 1711/1997 modificó el Estatuto del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), que previamente había sido establecido por el Real Decreto 905/1991 y alterado por el Real Decreto 1993/1996. Antes de esta modificación, la presidencia de AENA recaía en el Director General de Aviación Civil, una medida adoptada en 1996 para reducir el gasto público y racionalizar funciones. Esta norma estatal, a diferencia de posibles regulaciones autonómicas o directivas europeas que pudieran existir en materia de aviación, buscaba concentrar las funciones ejecutivas en un solo órgano, separando la Dirección General de Aviación Civil del órgano de gobierno de AENA. El Real Decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros, y su importancia para el ciudadano radica en la reconfiguración de la estructura de gobierno de AENA, lo que podía afectar la agilidad y eficiencia en la toma de decisiones sobre la gestión aeroportuaria y la navegación aérea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────