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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1685/1997, de 7 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Madrid de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

BOE-A-1997-25122Publicada: 26/11/1997MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1685/1997, de 7 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Madr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1685/1997, de 7 de noviembre, regula el traspaso a la Comunidad de Madrid de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, incluyendo los del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en cumplimiento de los acuerdos entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma. **2. CONTEXTO** La Constitución Española otorga al Estado la competencia sobre la planificación general de la actividad económica y permite a las Comunidades Autónomas asumir competencias en materia de agricultura y ganadería. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid establece la plenitud de la función legislativa en estas materias. La Ley 30/1992 regula los convenios de encomienda de gestión. El Real Decreto 1959/1983 establece el procedimiento para traspasos de funciones y servicios a la Comunidad de Madrid. El Real Decreto 1685/1997 se fundamenta en estos marcos normativos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1685/1997, de 7 de noviembre, establece el traspaso a la Comunidad de Madrid de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, incluyendo los del FEGA. Este traspaso se realiza en cumplimiento de los acuerdos entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma. El Real Decreto se fundamenta en la Constitución Española, en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en la Ley 30/1992 y en el Real Decreto 1959/1983. En concreto, el Real Decreto 1685/1997 regula el traspaso de medios personales, materiales y presupuestarios necesarios para la gestión encomendada en materia de agricultura. Estos medios incluyen los correspondientes a la intervención y regulación de mercados, así como los medios de almacenamiento que no forman parte de la red básica en Madrid, cuya titularidad se transfiere a la Comunidad Autónoma. El Real Decreto establece que el traspaso se realiza en cumplimiento del convenio de encomienda de gestión acordado entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad de Madrid. Este traspaso incluye la transferencia de unidades de almacenamiento en localidades como Arganda del Rey, Navalcarnero, Ajalvir, Valdemoro y Griñón, cuya titularidad pasa a la Comunidad Autónoma. Además, el Real Decreto detalla los costes asociados al traspaso, incluyendo los gastos de personal y los gastos en bienes corrientes y servicios. Los costes se detallan en varios artículos de distintos programas, con un total de 137.303.537 pesetas. Estos costes incluyen gastos de personal, como salarios y otros conceptos, así como gastos en bienes corrientes, como servicios y mantenimiento. El Real Decreto también menciona la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que se encarga de la coordinación y supervisión del traspaso de funciones y servicios. Esta comisión garantiza que el traspaso se realice de forma adecuada y conforme a los principios de transparencia y eficacia. El Real Decreto 1685/1997 se ajusta a los principios de la Ley 30/1992, que regula los convenios de encomienda de gestión, y a las normas establecidas en el Real Decreto 1959/1983, que establece el procedimiento para el traspaso de funciones y servicios a la Comunidad de Madrid. Estos marcos normativos garantizan que el traspaso se realice de forma legal, transparente y eficiente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1685/1997 regula el traspaso de medios a la Comunidad de Madrid en materia de agricultura, incluyendo los del FEGA. Se basa en normas constitucionales, autonómicas y de régimen jurídico de las Administraciones Públicas. El traspaso incluye medios personales, materiales y presupuestarios, así como costes asociados. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de medios**: Se traspasan medios personales, materiales y presupuestarios necesarios para la gestión en materia de agricultura. ⚠️ **Titularidad de unidades de almacenamiento**: Algunas unidades de almacenamiento pasan a titularidad de la Comunidad Autónoma. 📋 **Costes detallados**: Se detallan costes de personal y bienes corrientes, con un total de 137.303.537 pesetas. ℹ️ **Comisión Mixta de Transferencias**: Se menciona la comisión encargada de la supervisión del traspaso. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 7 de noviembre de 1997 - **Materias**: Agricultura, FEGA, traspaso de funciones, gestión encomendada - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la gestión de las funciones relacionadas con el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) en la Comunidad de Madrid se realizaba a través de una encomienda de gestión, tal como preveía la normativa estatal sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común. Esta situación se compara con otras Comunidades Autónomas que, en virtud de sus Estatutos de Autonomía y la Constitución, ya habían asumido plenamente competencias en agricultura, mientras que Madrid completaba este proceso mediante traspaso de medios. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno central y la Comisión Mixta de Transferencias formaliza la transferencia de recursos, lo que importa al ciudadano madrileño una gestión más directa y potencialmente más eficiente de las políticas agrarias, al concentrarse las competencias y los medios en su propia administración autonómica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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