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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, por el que se establecen normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos a prima y para el acceso a las reservas nacionales respecto a los productores de ovino y caprino y de los que mantienen vacas nodrizas.

BOE-A-1997-27400Publicada: 20/12/1997Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, por el que se establecen normas para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1839/1997 establece normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos a prima, así como el acceso a las reservas nacionales, aplicables a productores de ovino, caprino y vacas nodrizas, en el marco de la regulación comunitaria vigente. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se publica en el contexto de la regulación comunitaria en materia de carne ovina, caprina y bovina, especialmente a través de los Reglamentos (CEE) 3013/89 y 805/68, que establecen límites máximos de derechos a prima por productor. Además, se incorpora la normativa de la Comisión, como los Reglamentos (CEE) 3567/92 y 3886/92, que regulan la aplicación de dichos límites y la gestión de las reservas nacionales. En España, se aplican normas previas como el Real Decreto 1394/1995, modificado posteriormente, que establecen criterios para transferencias y asignación de derechos. Sin embargo, se introducen novedades legislativas, incluyendo la Ley 19/1995 y el Real Decreto 204/1996, que buscan modernizar las explotaciones agrarias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1839/1997 regula la gestión de derechos a prima y la asignación de reservas nacionales en el sector ovino, caprino y vacuno, en cumplimiento de la normativa comunitaria. En primer lugar, se establecen normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos entre productores, así como los criterios para la asignación de derechos procedentes de las reservas nacionales, con cargo a las campañas de primas vacunas, ovinas y caprinas de 1996 y siguientes. En segundo lugar, se establece una disposición transitoria segunda, que establece que los derechos reembolsados a la reserva nacional de derechos a prima a los productores que mantienen vacas nodrizas, como consecuencia de su infrautilización en los años 1997 y 1998, no podrán ser distribuidos entre los productores que soliciten derechos de la reserva nacional con cargo a los años 1998 y 1999. Esto se basa en el apartado 4 del artículo 33 del Reglamento (CEE) 3886/92, que establece que los derechos reembolsados no podrán ser utilizados en los años siguientes a su reembolso. También se incluye una disposición derogatoria única, que derogará cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, especialmente el Real Decreto 1394/1995, de 4 de agosto, que establecía normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos entre productores. En cuanto a las disposiciones finales, se establece que la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación tendrá facultades para dictar disposiciones necesarias para el cumplimiento y aplicación del Real Decreto, incluyendo la adaptación a las modificaciones introducidas por la normativa comunitaria en cuanto a los porcentajes mínimos de derechos que deben ser utilizados por los productores y las disponibilidades anuales de la reserva en el caso de las vacas nodrizas. Finalmente, se establece que el Real Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 1998, y se firma en Madrid el 5 de diciembre de 1997, por el Rey Juan Carlos I, y firmado por la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Loyola de Palacio del Valle-Lersundi. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1839/1997 regula la gestión de derechos a prima y la asignación de reservas nacionales en el sector ovino, caprino y vacuno, en cumplimiento de la normativa comunitaria. Establece normas para transferencias, cesiones y distribución de derechos, así como disposiciones transitorias y derogatorias. El Real Decreto entra en vigor el 1 de enero de 1998. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de transferencias y cesiones de derechos a prima**: Establece normas para la gestión de derechos a prima entre productores. ⚠️ **Disposición transitoria segunda**: Limita la distribución de derechos reembolsados en años posteriores. 📋 **Derogación del Real Decreto 1394/1995**: Se derogó la normativa anterior para dar lugar a esta nueva regulación. ℹ️ **Facultades de aplicación**: La Ministra de Agricultura tiene potestad para adaptar normas a modificaciones comunitarias. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 5 de diciembre de 1997 - **Materias**: Agricultura, derechos a prima, reservas nacionales, transferencias, normativa comunitaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derechos a prima, reservas nacionales, transferencias, productores, normativa comunitaria, ovino, caprino, vacas nodrizas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la normativa comunitaria (Reglamentos CEE 3013/89, 805/68, 3567/92 y 3886/92) ya establecía límites a las primas por productor y regulaba las transferencias y reservas nacionales para ovino, caprino y vacuno. En España, el Real Decreto 1394/1995, modificado por el 1212/1997, desarrollaba estas disposiciones. Sin embargo, la Ley 19/1995 introdujo el concepto de "explotaciones prioritarias" con trato preferente para acceder a reservas nacionales, lo que motivó la necesidad de adaptar la normativa previa. Esta diferencia importa al ciudadano productor porque define quién tiene preferencia en la asignación de derechos a primas, afectando directamente a sus ingresos y a la viabilidad de sus explotaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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