Resolución de 30 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Merc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de diciembre de 1997 de la Dirección General de la Marina Mercante desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997, que regula las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. Establece nuevos criterios para la obtención y renovación de títulos náuticos, incluyendo un nuevo cuadro de aptitudes psicofísicas y reglas de navegación. 2. **CONTEXTO** La Orden de 17 de junio de 1997 define los títulos necesarios para gobernar embarcaciones de recreo y establece normas generales sobre las atribuciones y condiciones de expedición de dichos títulos. La presente Resolución se fundamenta en la disposición final primera de dicha Orden, y en las competencias del artículo 6.1.c) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Además, se establece que en comunidades autónomas que no han asumido competencias en enseñanzas náutico deportivas, la Dirección General de la Marina Mercante ejerce dichas funciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de diciembre de 1997 desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997, que regula las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. En concreto, se establece un nuevo cuadro de aptitudes psicofísicas para la obtención o renovación de los títulos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo, en lugar del anterior establecido en la Resolución de 22 de junio de 1990. Este nuevo cuadro se publica en cumplimiento de la disposición adicional cuarta de la Orden de 17 de junio de 1997, que establece que la Dirección General de la Marina Mercante debe proceder a su publicación. La Resolución deroga la Resolución de 22 de junio de 1990, que establecía el cuadro de defectos físicos y enfermedades que constituían inutilidad para la obtención de los títulos. Además, esta Resolución introduce un enfoque nuevo que tiene en cuenta el carácter voluntario de la navegación de recreo, permitiendo paliar la carencia o no cumplimiento de algún criterio mediante la adaptación de la embarcación, restricción de la navegación o un control médico que asegure las condiciones mínimas de la persona para el gobierno de la misma. La Resolución también establece un nuevo marco normativo que incluye reglas de navegación, balizamiento y legislación aplicable a las embarcaciones de recreo. Entre las reglas de navegación se incluyen la Regla 16, que establece la maniobra de quien cede el paso; la Regla 17, que establece la maniobra de quien sigue a rumbo; la Regla 18, que establece las obligaciones entre categorías de embarcaciones; y la Regla 19, que establece la conducta de las embarcaciones con visibilidad reducida. En cuanto al balizamiento, se establecen marcas laterales de día en la región «A», así como la marca de peligro aislado, con su forma, tope y color. En materia de legislación, se establecen las atribuciones de la titulación, las zonas prohibidas o con limitaciones a la navegación, como playas, acantilados y limitaciones establecidas en los reglamentos de policía de puertos. También se incluyen materias para la autorización a vela, que abarcan tecnología vélica, seguridad y otros aspectos relacionados con la navegación a vela. En cuanto a la seguridad, se mencionan situaciones como volcada, hombre al agua, desarbole y rotura de timón. Además, se incluye un modelo de solicitud para la participación en pruebas para la obtención de la autorización federativa que habilita para el gobierno de embarcaciones de recreo. La solicitud incluye datos personales, documentación aportada y la fecha de la convocatoria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 30 de diciembre de 1997 desarrolla la Orden de 1997 sobre condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. Introduce un nuevo cuadro de aptitudes psicofísicas y reglas de navegación. Deroga una norma anterior y establece un marco normativo más actualizado y flexible. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derogación de norma anterior**: La Resolución deroga la Resolución de 22 de junio de 1990, que establecía un cuadro de defectos físicos y enfermedades. ⚠️ **Enfoque nuevo**: Introduce un enfoque que considera el carácter voluntario de la navegación de recreo, permitiendo paliar carencias mediante adaptación de la embarcación o control médico. 📋 **Reglas de navegación y balizamiento**: Establece reglas de navegación, balizamiento y legislación aplicable a las embarcaciones de recreo. ℹ️ **Modelo de solicitud**: Incluye un modelo de solicitud para la obtención de la autorización federativa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 30 de diciembre de 1997, Dirección General de la Marina Mercante - **Tipo**: Resolución Ministerial - **Fecha**: 30 de diciembre de 1997 - **Materias**: Navegación, seguridad marítima, titulación náutica, reglas de navegación, balizamiento, autorización a vela - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución de 1997, la normativa principal era la Orden de 17 de junio de 1997, que establecía los títulos y normas generales para el gobierno de embarcaciones de recreo. Esta Resolución de diciembre de 1997 la desarrolla, actualizando el cuadro de aptitudes psicofísicas y derogando una resolución de 1990. A diferencia de otras normativas autonómicas que ya habrían asumido competencias, esta Resolución se aplica en aquellas Comunidades Autónomas que no han ejercido dichas competencias, actuando la Dirección General de la Marina Mercante. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que introduce un enfoque más flexible en la evaluación psicofísica, permitiendo adaptaciones o restricciones para asegurar la aptitud, lo que facilita la obtención o renovación de títulos para un colectivo más amplio de navegantes de recreo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────