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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2021/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece la organización y funciones del Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía.

BOE-A-1997-27818Publicada: 27/12/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2021/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece la organizac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2021/1997, de 26 de diciembre, establece la organización y funciones del Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía, reemplazando a la anterior normativa y adaptándose a los objetivos de integración social y prevención de deficiencias. **2. CONTEXTO** El Real Patronato de Educación Especial fue creado por el Real Decreto 1023/1976, de 9 de abril, y posteriormente fue modificado por diversas disposiciones, incluida la Ley 13/1982, de 7 de abril, que estableció la Integración Social de los Minusválidos. Esta ley exigió una adaptación de las funciones del Patronato a los nuevos objetivos de prevención y atención. En consecuencia, se aprobó el Real Decreto 1475/1986, de 11 de julio, que reestructuró el Patronato y lo denominó Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía. Posteriormente, nuevas modificaciones normativas, especialmente en la organización de la Administración General del Estado, llevaron a la necesidad de una nueva regulación del Patronato. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2021/1997, de 26 de diciembre, establece que el Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía es un órgano colegiado de la Administración General del Estado, con la Presidencia de Honor de la Reina. Su objetivo es la promoción, impulso y coordinación de la prevención de deficiencias, así como la educación, rehabilitación e integración social de las personas con minusvalía. El Patronato queda adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Las funciones del Patronato incluyen la promoción de la prevención de deficiencias, la coordinación de la educación, rehabilitación e integración social, la promoción de la investigación, la elaboración de informes y la coordinación con otras instituciones. Además, se establece la celebración de reuniones en el seno del Patronato derivadas de los Convenios con las Comunidades y Ciudades Autónomas. El Real Decreto establece que el Patronato contará con los puestos de trabajo que figuren en la relación correspondiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Secretario general del Patronato ostenta la categoría de Subsecretario y sus funciones no son retribuidas, aunque se mantienen las indemnizaciones correspondientes. El funcionario designado como Secretario general continúa en la situación administrativa en que se encuentra. En lo no previsto en el Real Decreto, se aplicará lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se derogan las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Real Decreto, incluido el Real Decreto 1475/1986, de 11 de julio. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales dictará las disposiciones necesarias para la aplicación del Real Decreto, y este entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2021/1997 establece una nueva organización y funciones para el Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía, sustituyendo a la anterior normativa. Se establecen funciones específicas, puestos de trabajo y una regulación legal supletoria. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Organización del Patronato**: Es un órgano colegiado de la Administración General del Estado, con la Presidencia de Honor de la Reina. ⚠️ **Derogación normativa**: Se derogaron disposiciones anteriores, incluido el Real Decreto 1475/1986. 📋 **Funciones específicas**: Promoción de la prevención de deficiencias, educación, rehabilitación e integración social. ℹ️ **Aplicación de normas supletorias**: Se aplica la Ley 30/1992 en lo no previsto en el Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 26 de diciembre de 1997 - **Materias**: Derecho administrativo, Derecho de la discapacidad - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: Este Real Decreto establece la organización y funciones del Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía, reemplazando a la normativa anterior y adaptándose a los objetivos de integración social y prevención de deficiencias. Es una norma de relevancia alta debido a su impacto en la protección y atención a personas con discapacidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1997, la entidad que precedió al Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía era el Real Patronato de Educación Especial, creado en 1976. La Ley de Integración Social de los Minusválidos de 1982 supuso una reforma fundamental, obligando a adaptar la estructura y funciones del Patronato para alinearse con los objetivos de esta ley y la política de prevención y atención a la discapacidad. Este Real Decreto de 1997, aprobado por el Consejo de Ministros tras la propuesta de varios ministerios y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, consolida la organización y funciones del Patronato, adscribiéndolo al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La diferencia para el ciudadano radica en la consolidación de un órgano estatal dedicado a la promoción, impulso y coordinación de acciones en prevención, diagnóstico, rehabilitación e integración, buscando una mayor eficacia y coherencia en las políticas dirigidas a personas con discapacidad, en contraste con la fragmentación o menor concreción que pudiera existir previamente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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