Real Decreto-leyNacionalvigente

Resolución de 18 de diciembre de 1997, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, por el que se conceden créditos extraordinarios por importe total de 5.895.826.962 pesetas para atender comunicaciones postales y telegráficas y otros gastos del Ministerio de Justicia.

BOE-A-1997-27811Publicada: 27/12/1997CORTES GENERALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 18 de diciembre de 1997, del Congreso de los Diputados, por la que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El documento resuelve la resolución del Congreso de los Diputados por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, que concede créditos extraordinarios para atender gastos del Ministerio de Justicia. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-Ley 25/1997 fue aprobado por el gobierno para conceder créditos extraordinarios con el fin de financiar gastos relacionados con comunicaciones postales y telegráficas, así como otros gastos del Ministerio de Justicia. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 13 de diciembre de 1997. Posteriormente, se publicó una corrección de errores en el Boletin Oficial del Estado el 17 de diciembre de 1997. El Congreso de los Diputados, en sesión del 18 de diciembre de 1997, acordó convalidar dicha norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución del Congreso de los Diputados de 18 de diciembre de 1997 tiene por objeto ordenar la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, que concede créditos extraordinarios por importe total de 5.895.826.962 pesetas para atender comunicaciones postales y telegráficas y otros gastos del Ministerio de Justicia. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 298, de 13 de diciembre de 1997, y posteriormente se publicó una corrección de errores en el Boletín Oficial del Estado número 301, del 17 de diciembre de 1997. El Congreso de los Diputados, en ejercicio de su competencia constitucional, acordó convalidar el Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución Española, que establece que el Congreso de los Diputados puede convalidar normas decretadas en estado de necesidad y urgencia. La convalidación de dicha norma se realiza con el fin de garantizar su validez legal y su aplicación efectiva, así como su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que tenga efectos generales. La resolución del Congreso de los Diputados se emite en el Palacio del Congreso de los Diputados, el día 18 de diciembre de 1997, firmada por el Presidente del Congreso de los Diputados, TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE. La norma en cuestión fue aprobada en estado de necesidad y urgencia, lo que permite su aprobación sin necesidad de pasar por el procedimiento ordinario de aprobación. La convalidación, por tanto, es un mecanismo legal que permite validar dichas normas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Constitución. La convalidación del Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, se realiza con el fin de garantizar la legalidad de la norma y su aplicación efectiva, así como su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que tenga efectos generales. La resolución del Congreso de los Diputados se emite en el Palacio del Congreso de los Diputados, el día 18 de diciembre de 1997, firmada por el Presidente del Congreso de los Diputados, TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución del Congreso de los Diputados ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, que concede créditos extraordinarios para atender gastos del Ministerio de Justicia. La convalidación se realiza en virtud del artículo 86.2 de la Constitución. La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado y se emite en el Palacio del Congreso de los Diputados el 18 de diciembre de 1997. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Convalidación de norma**: El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-Ley 25/1997, de 12 de diciembre, en virtud del artículo 86.2 de la Constitución. ⚠️ **Estado de necesidad y urgencia**: La norma fue aprobada en estado de necesidad y urgencia, lo que permite su aprobación sin cumplir con el procedimiento ordinario. 📋 **Publicación en Boletín Oficial del Estado**: La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 13 de diciembre de 1997, con corrección de errores el 17 de diciembre. ℹ️ **Firmado por el Presidente del Congreso**: La resolución se emite en el Palacio del Congreso de los Diputados el 18 de diciembre de 1997, firmada por el Presidente del Congreso de los Diputados, TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución del Congreso de los Diputados - **Fecha**: 18 de diciembre de 1997 - **Materias**: Legislación presupuestaria, convalidación de normas, Ministerio de Justicia - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: convalidación, Real Decreto-Ley, créditos extraordinarios, Ministerio de Justicia, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la financiación de gastos extraordinarios del Ministerio de Justicia, como los de comunicaciones postales y telegráficas, se gestionaba a través de los cauces presupuestarios ordinarios o mediante decretos ley que requerían posterior convalidación parlamentaria. La normativa estatal, en este caso un Real Decreto-ley, es la que establece este mecanismo, y no se observa una diferencia particular con otras Comunidades Autónomas, ya que la financiación de ministerios es competencia estatal. La convalidación por el Congreso de los Diputados, como órgano legislativo, es un requisito constitucional para la validez de los decretos ley, y en este caso, fue aprobada. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque asegura que el gasto público, incluso el extraordinario, está sujeto al control democrático y parlamentario, garantizando una mayor transparencia y legitimidad en la asignación de fondos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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