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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de enero de 1998 por la que se hace pública la modificación de las tarifas de Correos y Telégrafos.

BOE-A-1998-625Publicada: 14/01/1998MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de enero de 1998 por la que se hace pública la modificación de las ta ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 8 de enero de 1998 modifica las tarifas de Correos y Telégrafos en vigor, actualizándolas conforme al artículo 26 de la Ley 66/1997, y establece nuevas tarifas para servicios postales y telegráficos, incluyendo indemnizaciones y bonificaciones. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la regulación de tarifas de servicios postales y telegráficos, en cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1997. La Orden de 2 de enero de 1997 ya establecía tarifas vigentes, pero se requiere su actualización para alinearlas con el artículo 26 de la Ley 66/1997, que regula la modificación de tarifas por la prestación de servicios postales y telegráficos. La norma también establece el inicio de efectos económicos a partir del 1 de enero de 1998. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 8 de enero de 1998, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica las tarifas de Correos y Telégrafos vigentes, que se encontraban reguladas en la Orden del Ministerio de Fomento de 2 de enero de 1997. Esta última, a su vez, se basaba en el artículo 68 de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997. La necesidad de actualización surge por la aplicación del artículo 26 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que regula la modificación de tarifas por la prestación de servicios postales y telegráficos existentes a la fecha de su publicación. La Orden de 1998 establece que las tarifas actualizadas se publican en los anexos I y II, modificadas según lo establecido en el artículo 26 de la Ley 66/1997. Además, se faculta al Secretario general de Comunicaciones y al Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos para dictar instrucciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de la Orden. Los efectos económicos de las nuevas tarifas comienzan el 1 de enero de 1998, en aplicación del artículo 26 de la Ley 66/1997. En cuanto a los servicios específicos, se detallan tarifas para distintos tipos de envíos, incluyendo notificaciones, actualización de bases de datos, y otros servicios. Por ejemplo, la tarifa mensual urbana varía entre 5.724 y 11.448 unidades monetarias, mientras que la actualización de bases de datos en soporte informático cuesta 29 unidades. Las notificaciones, limitadas a 50 gramos, tienen diferentes tarifas según el tipo de aviso y acuse de recibo. También se incluyen indemnizaciones por pérdida o demora, como 8.815 unidades por envío perdido o sustracción, y 3.900 unidades por pérdida de certificado nacional sin declaración de valor. Para certificados internacionales, la indemnización se calcula al precio de cambio del día de imposición del certificado. En cuanto a las bonificaciones, se permite aplicar hasta un 60% de descuento a grandes clientes, siempre que cubran el coste de los servicios y se justifique el ahorro a la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos. Se suprime el sistema de tarifa reducida y sus bonificaciones aplicables a envíos masivos ordinarios de cartas generadas por grandes entidades. La norma también establece que el importe de las tarifas no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que deberá consignarse en el recibo o factura emitido conforme a la reglamentación de dicho impuesto. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1998 actualiza las tarifas de Correos y Telégrafos en vigor, alineándose con la Ley 66/1997. Establece nuevas tarifas, indemnizaciones y bonificaciones, y suprime el sistema de tarifa reducida. Los efectos económicos comienzan el 1 de enero de 1998. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de tarifas**: Se actualizan las tarifas vigentes en vigor, en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 66/1997. ⚠️ **Supresión de tarifa reducida**: Se elimina el sistema de tarifa reducida aplicable a envíos masivos. 📋 **Bonificaciones para grandes clientes**: Se permite aplicar bonificaciones del 60% a clientes que cumplan ciertos requisitos. ℹ️ **Inclusión de IVA**: El importe de las tarifas no incluye el IVA, que debe consignarse en el recibo o factura. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 8 de enero de 1998 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 8 de enero de 1998 - **Materias**: Servicios postales y telegráficos, tarifas, indemnizaciones, bonificaciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1998, el marco tarifario de los servicios postales y telegráficos se regía por la Orden de 2 de enero de 1997, la cual a su vez se basaba en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1997. La presente Orden actualiza dichas tarifas en virtud del artículo 26 de la Ley 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, una norma de ámbito estatal. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener competencias en servicios de ámbito autonómico, la regulación de las tarifas postales y telegráficas recaía en el ámbito nacional, sin que existieran directivas europeas específicas que dictaran directamente estas tarifas en 1998. Esta modificación es relevante para el ciudadano porque impacta directamente en el coste de los servicios postales que utiliza habitualmente, afectando a su presupuesto y a la accesibilidad de la comunicación postal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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