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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1916/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de carne picada y preparados de carne.

BOE-A-1998-551Publicada: 13/01/1998PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1916/1997, no existía una normativa específica regulando las condiciones sanitarias para la producción y comercialización de carne picada y preparados de carne a nivel estatal. En su lugar, las regulaciones eran más generales y se aplicaban a toda la cadena alimentaria, sin diferenciación entre productos. A nivel de CCAA, algunas comunidades ya habían establecido normas más estrictas, mientras que otras no. A nivel de la Unión Europea, existían directivas que establecían marcos generales, pero no normas tan detalladas. La importancia de este Real Decreto radica en que estableció un marco claro y específico, mejorando la seguridad alimentaria y la calidad de los productos.

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