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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el que aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 03 «Instalaciones petrolíferas para uso propio».

BOE-A-1998-1458Publicada: 24/01/1998MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, se corrige para corregir errores tipográficos y de redacción en su texto, con el fin de garantizar la claridad y la correcta aplicación de la instrucción técnica complementaria MI-IP 03. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1427/1997 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 254 del 23 de octubre de 1997. Este real decreto aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 03, que establece normas para las instalaciones petrolíferas para uso propio. Durante su publicación, se identificaron errores en el texto original que afectaban su correcta interpretación y aplicación. Por ello, se emitió una corrección de errores para corregir dichas imprecisiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, fue corregido mediante una corrección de errores con el objetivo de corregir errores tipográficos y de redacción en el texto original. La corrección se realiza en múltiples puntos del documento, incluyendo anexos y tablas, con el fin de garantizar la claridad y la correcta aplicación de la norma. En la página 30588, primera columna, anexo I, capítulo I.3, apartado 3.16, primera línea, se corrige la frase «Es cualidad...» por «Es la cualidad...». Esta corrección busca corregir un error de redacción que podría generar ambigüedad en la interpretación del texto. En la página 30594, segunda columna, anexo I, capítulo III, cuadro IV, del apartado 13.6.2, segundo párrafo de la nota 1, segunda línea, se corrige la frase «...depósitos de menos de capacidad...» por «...depósito de capacidad...». Esta corrección se realiza para evitar ambigüedad en la descripción de los depósitos mencionados. En la página 30603, segunda columna, anexo I, capítulo VII, apartado 3.1,1, párrafos c) y d), se corrige «...subclase C.» y «...subclase D.» por «...clase C.» y «...clase D.», respectivamente. Además, en el apartado 3.1,2, párrafo c), se corrige «...subclase C.» por «...clase C.». Estas correcciones buscan corregir errores en la clasificación de las instalaciones y garantizar la coherencia en la normativa. En la página 30604, anexo I, capítulo VII, tabla 7.1, columna tercera, último apartado, primera línea, se corrige «0,18 m/h (3 1/min.) de superficie...» por «0,18 m/h (3 1/min.) por m de superficie...». Esta corrección se realiza para precisar la medida y evitar malentendidos en la aplicación de la norma. En la columna cuarta, último apartado, primera línea, se corrige «CT7.500 m...» por «C»7.500 m...». Esta corrección busca corregir un error en la notación de la medida. En la página 30605, primera columna, anexo I, capítulo VII, apartado 30.2.2, en la columna segunda, fila tercera de la tabla, se corrige «1» por «3». Esta corrección se realiza para corregir un error en la numeración de los valores. En la página 30605, segunda columna, anexo I, capítulo VII, los apartados «30.2.3», «30.2.4» y «30.2.5» deben entenderse numerados como «30.3», «30.4» y «30.5», respectivamente. Esta corrección busca corregir un error en la numeración de los apartados. En la página 30609, anexo II, primera columna, línea 28, se corrige «104.281 (4-2)-86» por «UNE 104.281 (4-2)-86». Esta corrección busca corregir un error en la referencia a la norma UNE, garantizando su correcta identificación. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la claridad, la coherencia y la correcta aplicación de la normativa, especialmente en contextos técnicos y reglamentarios donde la precisión es clave. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1427/1997 fue corregido para eliminar errores tipográficos y de redacción en su texto. Las correcciones se realizan en múltiples puntos del documento, incluyendo anexos y tablas, con el fin de garantizar la claridad y la correcta aplicación de la norma. Estas correcciones son importantes para la precisión de la normativa técnica. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se realizan múltiples correcciones en el texto del Real Decreto para garantizar su claridad y correcta aplicación. ⚠️ **Errores identificados**: Se detectaron errores en la redacción y en la numeración de los apartados. 📋 **Modificaciones específicas**: Se corrigieron errores en anexos, tablas y referencias normativas. ℹ️ **Relevancia**: Las correcciones son relevantes para la correcta aplicación de la normativa técnica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 23 de octubre de 1997 - **Materias**: Instalaciones petrolíferas, normativa técnica, seguridad industrial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, corrección de errores, normativa técnica, instalaciones petrolíferas, seguridad industrial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta norma, un Real Decreto de 1998, no introduce cambios sustanciales en la regulación de las instalaciones petrolíferas para uso propio, sino que corrige errores materiales detectados en el Real Decreto 1427/1997. Previamente a esta corrección, la normativa estatal ya establecía las bases para estas instalaciones, sin que existieran diferencias significativas con otras Comunidades Autónomas en este ámbito específico, ni tampoco una divergencia con directivas europeas que pudiera ser relevante para el ciudadano. La importancia de esta corrección radica en asegurar la claridad y precisión del texto legal, evitando interpretaciones erróneas que pudieran afectar a la seguridad o al cumplimiento de la normativa por parte de los titulares de dichas instalaciones, garantizando así un marco jurídico inequívoco. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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