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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 2 de febrero de 1998 por la que se modifica la ITC 04.4.01, «Labores subterráneas. Cables», aprobada por Orden de 13 de septiembre de 1985.

BOE-A-1998-3416Publicada: 14/02/1998MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de febrero de 1998 por la que se modifica la ITC 04.4.01, «Labores su ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de febrero de 1998 modifica la ITC 04.4.01 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, estableciendo nuevos criterios para la evaluación, mantenimiento y almacenamiento de cables de acero empleados en labores subterráneas. 2. **CONTEXTO** La ITC 04.4.01 fue aprobada en 1985 como parte del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, con el objetivo de regular la utilización de cables en entornos subterráneos. Con el tiempo, se evidenció la necesidad de actualizar dicha norma debido a la experiencia acumulada y a la aparición de nuevas exigencias técnicas. La modificación se realizó en cumplimiento de la Directiva 83/189/CEE y del Real Decreto 1168/1995, que establecen el procedimiento de información en materia de normas técnicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de febrero de 1998 modifica la ITC 04.4.01, que se titula «Labores subterráneas. Cables de acero: Cables de cordones empleados como cables de extracción en instalaciones de transporte vertical y en planos inclinados». La modificación se realiza en virtud del artículo 2 del Real Decreto 863/1985, que autoriza al Ministerio de Industria y Energía a desarrollar y ejecutar las normas técnicas complementarias necesarias para el cumplimiento del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. La ITC 04.4.01 establece criterios para la evaluación de los cables de acero en labores subterráneas. Según el artículo 5, se considerará que un cable puede continuar en servicio si los resultados de un ensayo de nivel II no indican una pérdida de sección metálica superior al 15 por 100. En caso contrario, el cable deberá ser retirado del servicio, salvo autorización expresa justificada en casos excepcionales. Los criterios de retiro incluyen: - Una pérdida de sección metálica superior al 15 por 100 según un ensayo de nivel II. - Un número de alambres rotos en un paso de cableado superior al 15 por 100 del total de alambres en cualquier cordón, o al 5 por 100 en un cordón específico. - Una disminución del diámetro del cable superior al 10 por 100 del diámetro original. - Una pérdida de sección metálica superior a un tercio en los alambres exteriores debido a deterioro. - Un factor de rechazo determinado según la ET 0801-1-93 que alcance el valor 100. Además, la ITC 04.4.01 exige la realización de un Registro de Cables, conforme a la ET 0801-1-93, y establece condiciones de almacenamiento para garantizar la protección de los cables contra la corrosión, daños mecánicos y térmicos. Los cables deben almacenarse en locales cerrados, secos, con suelo de hormigón, bien ventilados y libres de polvo, vapores y gases. Los cables en rollos deben colocarse sobre una tarima de madera, y en caso de almacenamiento directo sobre el suelo, deben mantenerse a una distancia mínima de 25 cm. Además, los cables almacenados deben inspeccionarse periódicamente para detectar cualquier signo de deterioro. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1998 actualiza la ITC 04.4.01 para mejorar la seguridad en el uso de cables de acero en labores subterráneas. Establece criterios claros para el retiro de cables en mal estado y condiciones específicas de almacenamiento. La norma se basa en la Directiva 83/189/CEE y en el Real Decreto 1168/1995. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la ITC 04.4.01**: Se actualiza para mejorar la seguridad en el uso de cables en labores subterráneas. ⚠️ **Retiro de cables en mal estado**: Se establecen condiciones claras para retirar cables del servicio. 📋 **Registro y almacenamiento de cables**: Se exige un registro y condiciones específicas de almacenamiento. ℹ️ **Cumplimiento normativo**: La norma se basa en la Directiva 83/189/CEE y en el Real Decreto 1168/1995. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 2 de febrero de 1998 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 2 de febrero de 1998 - **Materias**: Seguridad en minas, cables subterráneos, normativa técnica - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1998, la normativa vigente para los cables de extracción en labores subterráneas era la ITC 04.4.01 aprobada en 1985, que a su vez desarrollaba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera de 1985. Esta modificación se alinea con el procedimiento de información de directivas europeas, como la 83/189/CEE, y el Real Decreto 1168/1995, buscando armonizar la seguridad a nivel nacional y europeo, aunque las CCAA podrían tener normativas internas complementarias. La aprobación recae en el Ministerio de Industria y Energía, y su importancia para el ciudadano radica en garantizar la seguridad en el transporte vertical y en planos inclinados en minería, previniendo accidentes y protegiendo la vida de los trabajadores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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