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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 14 de enero de 1998 por la que se aprueban las cuotas para la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.

BOE-A-1998-3307Publicada: 13/02/1998MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 14 de enero de 1998 por la que se aprueban ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción de la Orden de 14 de enero de 1998, que establecía las cuotas para la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos. 2. **CONTEXTO** La Orden de 14 de enero de 1998 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de fecha 4 de febrero de 1998. Durante su publicación, se detectó un error en el texto original. El error afecta a la página 3772, columna de la izquierda, punto primero, apartado c), quinta línea, donde se menciona el año 1997 en lugar del año correcto, 1998. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige un error de redacción en la Orden de 14 de enero de 1998, que establecía las cuotas para la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos. El error se encuentra en la página 3772, columna de la izquierda, punto primero, apartado c), quinta línea, donde se menciona el año 1997 en lugar del año correcto, 1998. La corrección se realiza mediante la transcripción del texto original con la corrección del año mencionado. La norma no introduce cambios sustanciales en el contenido de la Orden, sino que solo corrige un error de redacción. La corrección se realiza para garantizar la precisión del texto legal y evitar confusiones en la interpretación de la norma. La norma no establece nuevos derechos ni obligaciones, sino que simplemente corrige un error en la redacción del texto original. La corrección se realiza en el marco de la legislación vigente, sin alterar el contenido esencial de la Orden de 1998. La norma se publica como un acto de corrección, sin que se requiera la derogación o modificación de la Orden original. La corrección se realiza en el marco del derecho administrativo, y se considera una medida de corrección de errores, que no implica una nueva norma. La norma se publica en el «Boletículo Oficial del Estado» como un acto de corrección, y se considera una norma de corrección de errores, que no tiene valor de nueva norma. La norma se publica como un acto de corrección, y se considera una norma de corrección de errores, que no tiene valor de nueva norma. La norma se publica como un acto de corrección, y se considera una norma de corrección de errores, que no tiene valor de nueva norma. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error en la redacción de la Orden de 1998. No introduce cambios sustanciales. La corrección se realiza para garantizar la precisión del texto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción de la Orden de 1998. ⚠️ **No cambios sustanciales**: La norma no introduce modificaciones en el contenido esencial de la Orden. 📋 **Publicación como acto de corrección**: La norma se publica como un acto de corrección, sin valor de nueva norma. ℹ️ **Relevancia en la interpretación**: La corrección es relevante para la correcta interpretación del texto legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de enero de 1998 (original), 4 de febrero de 1998 (publicación) - **Materias**: Administrativo, Reservas estratégicas, Petróleo - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la correcta interpretación del texto legal) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1998, que rectifica un error en la fijación de cuotas para las reservas estratégicas de productos petrolíferos, se enmarca en un contexto nacional de gestión de la seguridad energética. Previamente a esta corrección, la normativa estatal ya establecía la obligación de mantener dichas reservas, una exigencia común en la Unión Europea a través de directivas como la 2009/119/CE, que armoniza las obligaciones de los Estados miembros en materia de mantenimiento de existencias mínimas de petróleo. La aprobación de estas cuotas recaía en el Ministerio de Industria y Energía, y su correcta aplicación era fundamental para garantizar el suministro en caso de crisis, afectando directamente al ciudadano al asegurar la disponibilidad de combustibles y la estabilidad de precios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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