Real Decreto 440/1998, de 20 de marzo, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de agricultura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 440/1998, de 20 de marzo, sobre ampliación de los medios adscritos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 440/1998, de 20 de marzo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de agricultura. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 440/1998 se enmarca en el marco de la transferencia de competencias y funciones a las Comunidades Autónomas, según el Estatuto de Autonomía de Cantabria. Este Real Decreto se fundamenta en la Constitución Española, en particular en los artículos 148.1.7.a y 149.1.13, que regulan la competencia en materia de agricultura y la planificación económica. Además, se basa en los Reales Decretos que han traspasado funciones y servicios en materia de agricultura a Cantabria, como el Real Decreto 1152/1982, que establece el procedimiento para los traspasos. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en febrero de 1998, que fue aprobado mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 440/1998, de 20 de marzo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de agricultura. Este acuerdo se fundamenta en la Constitución Española, en particular en los artículos 148.1.7.a y 149.1.13, que establecen que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en materia de agricultura y ganadería, siempre que se ajusten a la ordenación general de la economía, y que el Estado mantiene la competencia sobre la planificación general de la actividad económica. Asimismo, el Real Decreto se basa en el Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, y reformado por Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, que establece en su artículo 22.7 la competencia exclusiva de la Diputación Regional de Cantabria en materia de agricultura y ganadería. Además, se refiere a los Reales Decretos 3114/1982, 4188/1982, 827/1984, 1393/1996 y 1395/1996, que traspasaron funciones y servicios en materia de agricultura a Cantabria. El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, establece el procedimiento a seguir para los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria. De conformidad con este Real Decreto, la Comisión Mixta de Transferencias adoptó el acuerdo en su reunión del 11 de febrero de 1998, el cual requiere su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. El Real Decreto 440/1998 establece que la ampliación de medios se realizará mediante la entrega de la documentación y expedientes de los medios traspasados, que se efectuará en un plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. Además, se establece que la ampliación de medios tendrá efectividad a partir del 1 de abril de 1998. El Real Decreto también incluye relaciones detalladas de los vehículos, personal funcionario y valoración del coste de la ampliación de medios en materia de agricultura a Cantabria. La relación número 1 detalla los vehículos asignados a la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluyendo la provincia, marca y modelo, y matrícula. La relación número 2 detalla el personal funcionario, incluyendo el puesto de trabajo, cuerpo, apellidos y nombre, así como las retribuciones básicas y complementarias. La relación número 3 detalla el coste efectivo de la ampliación de medios, que asciende a 5.287.408 pesetas, distribuidas entre los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Administraciones Públicas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 440/1998 aprueba la ampliación de medios a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de agricultura, en cumplimiento de los traspasos previstos en el Estatuto de Autonomía y los Reales Decretos correspondientes. La ampliación se efectúa mediante la entrega de documentación y expedientes, con efectividad a partir del 1 de abril de 1998. El coste total de la ampliación asciende a 5.287.408 pesetas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: El Real Decreto aprueba la ampliación de medios a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de agricultura. ⚠️ **Competencias y traspasos**: La transferencia de competencias en materia de agricultura se basa en la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cantabria. 📋 **Procedimiento y plazos**: La entrega de documentación y expedientes se efectúa en un plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. ℹ️ **Coste de la ampliación**: El coste total de la ampliación asciende a 5.287.408 pesetas, distribuidas entre ministerios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 20 de marzo de 1998 - **Materias**: Agricultura, ganadería, traspaso de funciones, administración pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 440/1998, Comisión Mixta de Transferencias, traspaso de funciones, agricultura, Cantabria, Constitución Española, Estatuto de Autonomía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, las competencias en agricultura ya se habían ido traspasando a la Comunidad Autónoma de Cantabria mediante sucesivos Reales Decretos desde 1982, en virtud de lo establecido en la Constitución Española y su Estatuto de Autonomía, que otorgan a las CCAA facultades en esta materia, reservando al Estado la coordinación general. Este Real Decreto 440/1998 no crea una nueva competencia, sino que amplía los medios adscritos a las ya transferidas, completando un proceso de descentralización que otras CCAA también han experimentado de forma similar. La aprobación corresponde al Gobierno central, a propuesta de los ministerios implicados, y su importancia para el ciudadano radica en la mejora de la gestión y la cercanía de los servicios agrícolas, al concentrarse en la administración autonómica los recursos necesarios para su ejercicio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────