Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Ley 6/2023, de 2 de noviembre, es la nueva norma que regula el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Sustituye a la anterior Ley 5/2011 y unifica en un solo texto varias normas patrimoniales que estaban dispersas, incluyendo el régimen de bienes públicos y las reglas sobre herencias sin herederos a favor de la Comunidad Autónoma. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a la Administración autonómica gallega y a sus entidades públicas instrumentales, que son quienes gestionan los bienes y derechos públicos. También puede afectar a ciudadanos en situaciones concretas, como cuando fallece una persona sin herederos y sus bienes pasan a la Comunidad Autónoma de Galicia, o cuando particulares utilizan bienes de dominio público mediante autorizaciones o concesiones. **¿Qué cambia o establece?** La ley adapta los procedimientos administrativos en materia de patrimonio a la Ley estatal de procedimiento administrativo de 2015, elevando a rango de ley trámites que antes estaban en normas de menor rango. Regula con detalle figuras como la afectación, desafectación y adscripción de bienes públicos, e introduce por primera vez un capítulo específico para el tráfico jurídico de bienes de dominio público entre administraciones, con límites basados en las competencias de cada administración. También actualiza el procedimiento por el que la Comunidad Autónoma puede ser declarada heredera en sucesiones sin testamento, adaptándolo a los cambios introducidos por la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015.
💬 Contexto ciudadano
La gestión del patrimonio de las Comunidades Autónomas es una materia de gran importancia práctica, especialmente en lo relativo a herencias intestadas y la circulación de bienes entre administraciones. Esta ley gallega, que sustituye a la Ley 5/2011, moderniza el régimen del patrimonio autonómico regulando específicamente el destino de las herencias intestadas cuando la CA es beneficiaria y agiliza el tráfico de bienes de dominio público entre administraciones. Antes de esta reforma, algunos procedimientos patrimoniales carecían de regulación específica, generando inseguridad jurídica. Comparado con las leyes de patrimonio de Cataluña o con la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas estatal de 2003, la ley gallega ocupa un nivel intermedio de sofisticación técnica y modernización.