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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 14 de mayo de 1998 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta (Colombia).

BOE-A-1998-12450Publicada: 29/05/1998MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden de 14 de mayo de 1998 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 14 de mayo de 1998 establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta, Colombia, con jurisdicción en los Departamentos de Magdalena, César y La Guajira. 2. **CONTEXTO** La norma surge con el objetivo de ampliar la presencia institucional española en Colombia y facilitar los trámites consulares a los ciudadanos españoles y colombianos que residen en zonas geográficamente alejadas de Bogotá. Para ello, se considera necesario la creación de una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta. La medida se adopta de conformidad con la propuesta del Consulado de España en Bogotá y tras un informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 14 de mayo de 1998, emitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores, establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta, Colombia, con jurisdicción en los Departamentos de Magdalena, César y La Guajira. La Oficina Consular Honoraria tendrá categoría de Viceconsulado Honorario y estará dependiente del Consulado de España en Bogotá. El Jefe de dicha Oficina Consular Honoraria será designado con categoría de Vicecónsul Honorario, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963. El artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares establece que los consulados honorarios pueden ser establecidos por los Estados en ciudades donde no exista un consulado general o consular, y que su función es facilitar los servicios consulares a los ciudadanos de dicho Estado. En este caso, la Oficina Consular Honoraria en Santa Marta se establece con el fin de mejorar el acceso a los servicios consulares para los ciudadanos españoles y colombianos residentes en los Departamentos mencionados. La norma también establece que la Oficina Consular Honoraria será dependiente del Consulado de España en Bogotá, lo que implica que su gestión y supervisión estarán bajo la responsabilidad de dicho consulado. Además, se menciona que la medida se adopta de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado de España en Bogotá y tras un informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, lo que refleja un proceso de aprobación previo y formal. La Orden Ministerial se emite en el marco de la política exterior española para fortalecer la presencia institucional en países como Colombia, y para garantizar el acceso a los servicios consulares a los ciudadanos españoles en zonas geográficamente distantes. Esta medida refleja la necesidad de adaptar la red consular a las realidades geográficas y demográficas de los países en los que se establecen relaciones diplomáticas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 14 de mayo de 1998 crea una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta, Colombia, con jurisdicción en tres departamentos. La medida se basa en el Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares y busca mejorar el acceso a los servicios consulares. La Oficina será dependiente del Consulado de España en Bogotá. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Oficina Consular Honoraria en Santa Marta**: Se establece una nueva oficina consular en Santa Marta con jurisdicción en tres departamentos. ⚠️ **Dependencia del Consulado de Bogotá**: La Oficina Consular Honoraria estará bajo la supervisión del Consulado de España en Bogotá. 📋 **Categoría de Viceconsulado Honorario**: El Jefe de la Oficina tendrá categoría de Vicecónsul Honorario, según el artículo 9 del Convenio de Viena. ℹ️ **Justificación geográfica**: La medida busca facilitar el acceso a los servicios consulares en zonas alejadas de Bogotá. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Colombia - **Fuente**: Orden Ministerial de 14 de mayo de 1998 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de mayo de 1998 - **Materias**: Relaciones consulares, servicios consulares, política exterior - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: La norma es relevante para el derecho consular internacional y para la política exterior española en Colombia, ya que establece una nueva oficina consular en una zona geográficamente distante. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1998, la presencia consular española en Colombia se concentraba principalmente en Bogotá, lo que dificultaba el acceso a servicios para los ciudadanos españoles y colombianos residentes en las remotas regiones de Magdalena, César y La Guajira. Esta iniciativa de crear una Oficina Consular Honoraria en Santa Marta, aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, amplía la red consular española, alineándose con la práctica de otros países de establecer representaciones honorarias para mejorar la cobertura territorial, aunque a diferencia de las oficinas consulares de carrera, estas suelen tener funciones más limitadas y personal no funcionario. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que acerca la asistencia consular y facilita trámites administrativos y de protección a quienes residen lejos de la capital, reduciendo costes y tiempos de desplazamiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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