Orden INT/4151/2004, de 9 de diciembre, por la que se determinan los códigos comunitarios armonizados y los nacionales a consignar en permisos y licencias de conducción.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/4151/2004, de 9 de diciembre, por la que se determinan los códigos com ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden INT/4151/2004 establece los códigos comunitarios armonizados y nacionales que deben figurar en permisos y licencias de conducción, en cumplimiento de las Directivas europeas y la normativa interna vigente. 2. **CONTEXTO** La Orden del Ministro del Interior de 13 de junio de 1997 transpuso a la normativa española la Directiva 97/26/CE, modificando la Directiva 91/439/CEE sobre el permiso de conducción. Posteriormente, la Directiva 2000/56/CE y la Directiva 2003/59/CE introdujeron modificaciones en los códigos comunitarios armonizados. Estas actualizaciones requieren su transposición al ordenamiento jurídico español. Además, se precisa incluir un nuevo código nacional para acreditar la antigüedad de los permisos o licencias, especialmente en casos de prórroga fuera de plazo o canje de permisos anteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden INT/4151/2004, de 9 de diciembre de 2004, establece los códigos comunitarios armonizados y nacionales que deben figurar en los permisos y licencias de conducción, en cumplimiento de la Directiva 97/26/CE y otras normativas europeas. Estos códigos se incorporan al Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, y se ajustan a las disposiciones del Consejo de Estado. Los códigos comunitarios armonizados incluyen, entre otros, los siguientes: - **101**: Permisos o licencias de conducción para vehículos de más de un año y no superiores a dos. - **102**: Permisos o licencias de conducción para vehículos de más de dos años y no superiores a tres. - **103**: Permisos o licencias de conducción para vehículos de más de tres años y no superiores a cuatro. - **104**: Permisos o licencias de conducción para vehículos de más de cuatro años y no superiores a cinco. - **105**: Velocidad máxima limitada, por causas administrativas, a 70, 80, 90 o 100 kilómetros por hora. - **106**: Fecha de primera expedición del permiso. Ejemplo: 106.1. (16.7.72). - **171**: Duplicado de permiso o licencia de conducción por pérdida, deterioro, sustracción o variación de datos. - **200**: Anexo al permiso o licencia de conducción, que debe incluir un documento expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico con las condiciones de utilización del vehículo. - **201**: Anexo al permiso o licencia de conducción, que debe incluir un documento con el texto de la resolución que determina los períodos de tiempo en los que deberá cumplirse la sanción de suspensión de la autorización. Además, se establece un nuevo código nacional para acreditar la antigüedad de los permisos o licencias, especialmente en casos de prórroga fuera de plazo o canje de permisos anteriores. Este código se incorpora al sistema de códigos vigentes, con el fin de garantizar la transparencia y la uniformidad en la gestión de los permisos de conducción. La Orden se fundamenta en el apartado segundo del artículo 4 del Reglamento General de Conductores y en la disposición final única de dicho reglamento, con el objetivo de adaptar la normativa interna a los cambios europeos y mejorar la gestión de los permisos de conducción. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden INT/4151/2004 actualiza los códigos comunitarios armonizados y nacionales en los permisos y licencias de conducción, en cumplimiento de las Directivas europeas. Se incorpora un nuevo código para acreditar la antigüedad de los permisos, mejorando su gestión. La norma se fundamenta en el Reglamento General de Conductores y en la transposición de normativas europeas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de códigos comunitarios armonizados**: Se incorporan nuevos códigos en cumplimiento de las Directivas europeas. ⚠️ **Nuevos códigos nacionales**: Se establece un código para acreditar la antigüedad de los permisos, especialmente en casos de prórroga o canje. 📋 **Transposición de normativas europeas**: La norma se fundamenta en la Directiva 97/26/CE y en la Directiva 2003/59/CE. ℹ️ **Regulación de duplicados y anexos**: Se detallan códigos para duplicados de permisos y anexos obligatorios en los documentos de conducción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial INT/4151/2004 - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 9 de diciembre de 2004 - **Materias**: Tráfico, permisos de conducción, códigos comunitarios, normativa europea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: permisos de conducción, códigos comunitarios, Directiva 97/26/CE, Reglamento General de Conductores, transposición normativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial, la normativa española ya había transpuesto directivas europeas previas sobre códigos armonizados en permisos de conducción, como la Directiva 97/26/CE. La presente Orden actualiza y adapta estos códigos a las modificaciones posteriores de las directivas comunitarias (2000/56/CE y 2003/59/CE), que introducen avances técnicos y nuevos requisitos, como el código 95 para conductores profesionales. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, que no tienen competencias directas en esta materia, la normativa estatal, a través de Órdenes Ministeriales aprobadas por el Ministerio del Interior, es la que establece estos códigos. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que asegura la uniformidad y el reconocimiento de los permisos de conducción en toda la Unión Europea, facilitando la movilidad y el ejercicio de la profesión de conductor en otros Estados miembros, además de incorporar información relevante sobre la antigüedad del permiso a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────