Real Decreto-leyNacionalvigente

Orden APA/4088/2004, de 13 de diciembre, por la que se dictan disposiciones para el desarrollo del Real Decreto-Ley 6/2004, de 17 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones e incendios acaecidos en territorio de las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Andalucía, La Rioja, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana.

BOE-A-2004-21041Publicada: 15/12/2004MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden APA/4088/2004, de 13 de diciembre, por la que se dictan disposiciones para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 6/2004, de 17 de septiembre, establece medidas urgentes para reparar los daños causados por inundaciones e incendios en varias Comunidades Autónomas. La Orden APA/4088/2004, de 13 de diciembre, desarrolla dichas medidas, estableciendo mecanismos de indemnización y financiación para las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas. **2. CONTEXTO** En 2004, varias Comunidades Autónomas sufrieron graves inundaciones e incendios que causaron importantes daños a la producción agrícola y ganadera. El Real Decreto-Ley 6/2004 fue aprobado para abordar estas situaciones de forma urgente. La Orden APA/4088/2004 se emite como medida complementaria para desarrollar y aplicar las disposiciones establecidas en el Real Decreto-Ley. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APA/4088/2004, de 13 de diciembre, desarrolla el Real Decreto-Ley 6/2004, de 17 de septiembre, para la reparación de daños causados por inundaciones e incendios en las Comunidades Autónomas afectadas. En su artículo 1, se establece que las actuaciones previstas en la orden se aplicarán a las explotaciones afectadas por dichas catástrofes, según el ámbito territorial definido en la Orden INT/3425/2004, de 7 de octubre. En el artículo 2, se detalla que serán indemnizables los daños ocurridos en explotaciones agrarias y ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el año 2004, hayan sufrido pérdidas no cubiertas por las líneas de seguros agrarios combinados. Se establece que los beneficiarios son los titulares de dichas explotaciones. En el artículo 7, se establece que las ayudas previstas en la orden son compatibles con las que puedan establecer las Comunidades Autónomas, siempre que el total no supere el límite del daño. En el artículo 8, se fija un importe máximo de 2 millones de euros para las indemnizaciones, y se establece que, si el total excede dicha cantidad, se reducirán las indemnizaciones de manera proporcional. En el artículo 9, se indica que las ayudas aplicarán la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de octubre, siempre que no se oponga a lo establecido en dicha ley. En las disposiciones finales, se faculta al Presidente de ENESA para dictar resoluciones y medidas necesarias para el cumplimiento de la orden. Se permite la celebración de convenios de colaboración con otras Administraciones públicas, y se establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APA/4088/2004 establece un marco de indemnización para explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por inundaciones e incendios. Establece límites de financiación y compatibilidad con ayudas autonómicas. La norma se aplica en el ámbito territorial definido y se regula mediante la Ley de Subvenciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Indemnización de daños**: Se establecen criterios para indemnizar daños no cubiertos por seguros agrarios. ⚠️ **Límite de financiación**: El importe máximo de indemnizaciones es de 2 millones de euros. 📋 **Compatibilidad con ayudas autonómicas**: Las ayudas son compatibles siempre que no excedan el límite del daño. ℹ️ **Aplicación de normas generales**: Se aplican la Ley de Subvenciones y el Reglamento de procedimiento. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden APA/4088/2004 - **Tipo**: Real Decreto-ley - **Fecha**: 13 de diciembre de 2004 - **Materias**: Daños por catástrofes naturales, indemnización, seguros agrarios, subvenciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: indemnización, daños por inundaciones, seguros agrarios, subvenciones, Real Decreto-Ley 6/2004, ENESA, Comunidades Autónomas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden APA/4088/2004 se promulgó para desarrollar un Real Decreto-Ley anterior, el 6/2004, que ya establecía medidas urgentes para paliar los daños de inundaciones e incendios en seis Comunidades Autónomas específicas. Antes de esta orden, la gestión de estas ayudas se basaba en el Real Decreto-Ley, pero esta norma concreta la aplicación y los beneficiarios, centralizando la gestión de forma excepcional para agilizar la distribución de fondos, dada la urgencia y la limitación presupuestaria. A diferencia de normativas más generales o de otras CCAA que podrían tener procedimientos distintos para catástrofes naturales, esta orden se enfoca en daños agrícolas y ganaderos no cubiertos por el Plan de Seguros Agrarios Combinados. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que clarifica qué daños específicos son indemnizables y bajo qué condiciones, facilitando el acceso a ayudas que de otro modo podrían ser más complejas de obtener. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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