Corrección de errores del Real Decreto Ley 8/ 2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto Ley 8/ 2004, de 5 de noviembre, sobre ind ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige un error tipográfico en el nombre del beneficiario de una indemnización prevista en el Real Decreto Ley 8/2004, de 5 de noviembre. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto Ley 8/2004 establece normas sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 271, de 10 de noviembre de 2004. Posteriormente, se publicó una corrección de errores en el BOE número 280, de 20 de noviembre de 2004. En dicha corrección, se detectó un error en el nombre del beneficiario. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige un error en el nombre del beneficiario de una indemnización prevista en el Real Decreto Ley 8/2004, de 5 de noviembre. Concretamente, en la página 37003, primera columna, en el apartado 1.A) de la disposición adicional tercera, se menciona el nombre «Juan C. Bohabanay Domínguez», que debe corregirse para que aparezca como «Juan Carlos Bohabonay Domínguez». Este error tipográfico afecta la correcta identificación del beneficiario de la indemnización prevista en dicha norma. La corrección se efectúa mediante la modificación del texto original del Real Decreto Ley 8/2004, en la disposición adicional tercera, apartado 1.A), para que el nombre del beneficiario sea el correcto. Esta corrección no modifica el alcance general de la norma, sino que solo corrige un error en la redacción del nombre. La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado como parte de la corrección de errores del Real Decreto Ley 8/2004, lo que permite que la norma se encuentre en perfecta armonía con la realidad de los datos personales de los beneficiarios. La corrección no introduce nuevas obligaciones ni derechos, sino que asegura la precisión de la información proporcionada en la norma. Esta corrección es relevante para garantizar que los beneficiarios de las indemnizaciones puedan ser correctamente identificados, lo que es fundamental para la aplicación correcta de la norma y la transparencia en el sistema de indemnizaciones. La corrección se efectúa en el marco de la legislación vigente, sin alterar el contenido esencial de la norma original. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige un error tipográfico en el nombre de un beneficiario de indemnización. La corrección no modifica el contenido general de la norma, sino que asegura su precisión. La corrección es relevante para la correcta aplicación de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de un error tipográfico en el nombre de un beneficiario. ⚠️ No modifica el contenido esencial de la norma. 📋 Afecta la identificación correcta del beneficiario. ℹ️ Publicada como parte de la corrección de errores del Real Decreto Ley 8/2004. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 20 de noviembre de 2004 - **Materias**: Indemnizaciones, operaciones internacionales de paz y seguridad, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 620 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto, en realidad una corrección de errores de un Real Decreto Ley anterior, no introduce cambios sustantivos en la regulación de las indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, sino que subsana un error tipográfico en un nombre propio. La normativa estatal previa, representada por el Real Decreto Ley 8/2004, ya establecía el marco para estas indemnizaciones, sin que existan diferencias significativas con otras Comunidades Autónomas, ya que se trata de una competencia estatal. Tampoco se observan discrepancias directas con directivas de la Unión Europea, dado el carácter específico de la materia. La aprobación recae en el Gobierno central. Para el ciudadano, esta corrección es relevante porque asegura la correcta identificación de los beneficiarios y evita posibles trámites burocráticos o disputas derivadas de errores en la documentación oficial, garantizando así la correcta aplicación de los derechos reconocidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────