Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/4262/2004, de 22 de diciembre, por la que se autorizan los precios de los servicios postales reservados al operador responsable de la prestación del servicio postal universal, Correos y Telégrafos, S. A.

BOE-A-2004-21837Publicada: 30/12/2004MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/4262/2004, de 22 de diciembre, por la que se autorizan los precios de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial FOM/4262/2004 autoriza los precios de los servicios postales reservados al operador responsable del servicio postal universal, Correos y Telégrafos, S.A., estableciendo tarifas específicas para diversos tipos de servicios postales. **2. CONTEXTO** La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, creó la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., con la obligación de prestar el servicio postal universal. Esta sociedad fue constituida mediante escritura pública en 2001. El artículo 30 de la Ley 24/1998, modificado por la Ley 53/2002, establece que las contraprestaciones económicas por servicios reservados tienen naturaleza de precios privados fijos, bajo régimen autorizado por el Ministerio de Fomento. En este contexto, Correos y Telégrafos presentó una propuesta, que fue informada por el Consejo Asesor Postal y aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dando lugar a la presente Orden Ministerial. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial FOM/4262/2004, de 22 de diciembre de 2004, establece el régimen de precios para los servicios postales reservados al operador responsable del servicio postal universal, Correos y Telégrafos, S.A. Esta autorización se basa en el artículo 30 de la Ley 24/1998, modificado por el artículo 106 de la Ley 53/2002, que establece que las contraprestaciones económicas derivadas de los servicios reservados tienen naturaleza de precios privados fijos, sujeto al régimen autorizado por el Ministerio de Fomento, previo informe del Consejo Asesor Postal y aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La Orden autoriza los precios de los servicios postales reservados, incluyendo los siguientes: - **Giro Urgente Nacional (1.1 y 1.2)**: - Para giros abonados mediante cheque postal: percepción fija de 2,04 euros y un 0,70% sobre la cantidad girada. - Para giros pagados en metálico: percepción fija de 3,72 euros y un 0,70% sobre la cantidad girada. - Los giros urgentes pueden incluir una comunicación privada para el destinatario, no superior a ciento cuarenta caracteres, sin pago adicional. - **Giro Urgente Internacional (2.1)**: - Se compone del precio de Giro Postal Internacional más una cantidad fija de 20,75 euros. - **Giro Cuenta Internacional (2.4)**: - Percepción fija de 3,25 euros. - **Zona 2 (2.3.2)**: - Percepción fija de 5,00 euros. - **Giros Vía Electrónica (2.3.3)**: - Pueden llevar una comunicación privada para el destinatario, no superior a ciento cuarenta caracteres, sin percepción adicional. La Orden establece que estos precios son fijos y privados, y están sujeto al régimen autorizado por el Ministerio de Fomento, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 24/1998 y su posterior modificación. Además, la Orden se basa en el informe de la Comisión Permanente del Consejo Asesor Postal de fecha 3 de diciembre de 2004 y en la aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 16 de diciembre de 2004. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial autoriza los precios de los servicios postales reservados a Correos y Telégrafos, S.A., estableciendo tarifas específicas para diversos servicios. Estas tarifas están basadas en un régimen jurídico previamente establecido y aprobado por organismos competentes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de precios fijos**: La Orden establece que los precios de los servicios postales reservados tienen naturaleza de precios privados fijos. ⚠️ **Régimen autorizado**: Los precios están sujetos al régimen autorizado por el Ministerio de Fomento, previo informe del Consejo Asesor Postal y aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. 📋 **Tarifas específicas**: Se detallan tarifas para giros urgentes nacionales, internacionales, giros cuenta internacional, zonas específicas y giros electrónicos. ℹ️ **Procedimiento previo**: La autorización se basa en el informe del Consejo Asesor Postal y la aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial FOM/4262/2004 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 22 de diciembre de 2004 - **Materias**: Servicios postales, precios autorizados, Correos y Telégrafos, S.A. - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios postales, servicios reservados, Correos y Telégrafos, régimen autorizado, Consejo Asesor Postal, Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden FOM/4262/2004, la Ley 24/1998 ya establecía el marco para el servicio postal universal y su liberalización, pero la Ley 14/2000 y sus modificaciones posteriores consolidaron la figura de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. como el operador responsable de dicho servicio. Esta normativa estatal, que se alinea con la necesidad de garantizar un servicio postal accesible a nivel nacional, difiere de enfoques de otras Comunidades Autónomas que pudieran tener competencias en aspectos logísticos o de distribución, y se enmarca dentro de las directivas europeas que buscan la armonización del mercado postal. La aprobación de los precios por el Ministerio de Fomento, previo informe del Consejo Asesor Postal y la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, asegura un control público sobre las tarifas de los servicios reservados, lo cual es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la asequibilidad y la uniformidad de los servicios postales esenciales en todo el territorio nacional, evitando posibles abusos de posición dominante. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →