ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2021 al Protocolo de 1988 relativo al Convenio internacional sobre las líneas de carga, 1966, (Protocolo de líneas de carga de 1988) adoptadas por Resolución MSC.491(104).

BOE-A-2023-22804Publicada: 10/11/2023MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución internacional adoptada en 2021 por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI) que modifica el Protocolo de 1988 sobre líneas de carga de los buques. Entró en vigor el 1 de enero de 2024, tanto a nivel general como para España. **¿A quién afecta?** Afecta a los Estados firmantes del Protocolo de líneas de carga de 1988 y, en la práctica, a los armadores, constructores y operadores de buques mercantes que deben cumplir las normas técnicas de seguridad sobre flotación y estabilidad de sus embarcaciones. **¿Qué cambia o establece?** La resolución modifica dos reglas técnicas concretas. Por un lado, actualiza la regla sobre imbornales y descargas de agua en cubierta, remitiendo a una nueva tabla de referencia. Por otro, y es el cambio más extenso, precisa las condiciones que debe cumplir un buque después de una inundación para considerarse estable: la línea de flotación final no debe alcanzar ninguna abertura por la que el agua pueda seguir entrando. Se especifica qué tipos de aberturas, escotillas y puertas estancas se consideran seguras en esa situación y cuáles no, con condiciones particulares para las puertas que separan la sala de máquinas del compartimento del timón.

💬 Contexto ciudadano

Las líneas de carga de los buques determinan la máxima carga permitida en función de la zona de navegación y estación del año, siendo esenciales para la seguridad marítima internacional. Estas enmiendas al Protocolo de Líneas de Carga 1988 de la OMI introducen mejoras técnicas sobre imbornales —sistemas de desagüe de cubierta— y condiciones de estabilidad tras inundación de espacios cerrados. Antes de estas enmiendas, algunos aspectos técnicos no contemplaban adecuadamente los buques de gran eslora modernos. Comparado con normativas equivalentes de la UE sobre buques de pasaje, las enmiendas OMI tienen carácter universal y vinculan a todos los estados parte del Convenio SOLAS. La norma contribuye a la reducción de accidentes por sobrecarga o pérdida de estabilidad en el transporte marítimo internacional.

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