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Ley 5/2004, de 21 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Hoces del Río Riaza (Segovia).

BOE-A-2005-834Publicada: 17/01/2005Comunidad de Castilla y León

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Ley 5/2004, de 21 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Hoces del R ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 5/2004, de 21 de diciembre, declara el Parque Natural de Hoces del Río Riaza en Segovia, estableciendo su protección y regulando su uso y conservación. 2. **CONTEXTO** El Parque Natural de Hoces del Río Riaza se encuentra en el nordeste de Segovia, cerca de la frontera con Burgos. Su singularidad geomorfológica y botánica, junto con su riqueza aviar, lo convirtió en Zona de Especial Protección para las Aves en 1987 y se amplió en 2000. La Ley 8/1991 de Espacios Naturales de Castilla y León lo incluye en su Plan de Espacios Naturales Protegidos. La Ley 5/2004 formaliza su declaración como Parque Natural. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 5/2004, de 21 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Hoces del Río Riaza, establece el marco legal para la protección, conservación y uso sostenible de este espacio natural. La norma se fundamenta en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que otorga a las Cortes la competencia para declarar parques naturales. La Ley también se basa en el artículo 22.4 de la Ley 8/1991, que exige la elaboración de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la zona, que ha sido realizado por la Consejería de Medio Ambiente con participación de las Entidades Locales afectadas. El Plan de Ordenación, que se adjunta a la Ley, detalla las zonas del Parque Natural, su delimitación geográfica, la protección de su entorno, y las actividades permitidas o restringidas. La delimitación geográfica del Parque Natural se describe con una ruta detallada que abarca desde el río Riaza hasta el Monte de Utilidad Pública n.º 247, «El Enebral», pasando por diversos puntos geográficos y límites municipales. Esta descripción se basa en la cartografía y en la participación de las Entidades Locales, garantizando una delimitación precisa y coherente con el entorno natural. La Ley establece que el Parque Natural se regirá por las normas generales de protección de los espacios naturales, así como por las normas específicas que se aprueben en su ámbito. Además, se establecen medidas de protección, como la prohibición de actividades que puedan alterar el equilibrio ecológico, y se fomenta la participación ciudadana en la gestión del Parque. La Ley también establece que el Plan de Ordenación será aprobado por el Consejo de Gobierno de Castilla y León, garantizando su validez legal. La norma se complementa con la Ley 8/1991, que establece el marco general para la protección de los espacios naturales en la Comunidad Autónoma. Esta ley establece que los espacios naturales protegidos deben ser gestionados con el fin de conservar su valor ecológico, cultural y estético, y se establecen medidas de protección, como la prohibición de actividades que puedan alterar su equilibrio ecológico. Además, se establece que los espacios naturales protegidos deben ser gestionados con participación pública y se fomenta la educación ambiental. La Ley 5/2004 también establece que el Parque Natural de Hoces del Río Riaza será gestionado por la Consejería de Medio Ambiente, que debe garantizar su conservación y uso sostenible. La norma establece que el Parque Natural se regirá por las normas generales de protección de los espacios naturales, así como por las normas específicas que se aprueben en su ámbito. Además, se establecen medidas de protección, como la prohibición de actividades que puedan alterar el equilibrio ecológico, y se fomenta la participación ciudadana en la gestión del Parque. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 5/2004 declara el Parque Natural de Hoces del Río Riaza, estableciendo su protección y regulación. Se basa en el Estatuto de Autonomía y en la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León. El Plan de Ordenación detalla su delimitación y uso. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Declaración de Parque Natural**: La Ley 5/2004 establece la protección legal del Parque Natural de Hoces del Río Riaza. ⚠️ **Regulación de actividades**: Se establecen restricciones a actividades que puedan alterar el equilibrio ecológico del área. 📋 **Participación ciudadana**: Se fomenta la participación pública en la gestión del Parque Natural. ℹ️ **Delimitación geográfica**: La norma incluye una descripción detallada de los límites del Parque Natural. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómico (Castilla y León) - **Fuente**: Ley 5/2004, de 21 de diciembre - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 21 de diciembre de 2004 - **Materias**: Medio Ambiente, Protección del Patrimonio Natural, Planificación Territorial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Parque Natural, Hoces del Río Riaza, protección ambiental, gestión de espacios naturales, participación ciudadana ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 5/2004, el Espacio Natural de Hoces del Río Riaza ya contaba con protección, habiendo sido designado Zona de Especial Protección para las Aves por la UE y incluido en el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León. Esta ley, aprobada por las Cortes de Castilla y León, eleva su estatus a Parque Natural, una figura de protección que, si bien común en otras CCAA y contemplada en la normativa estatal de conservación de la naturaleza, otorga un marco específico y más detallado para la gestión y ordenación de este territorio. La diferencia principal radica en la concreción de las directrices y regulaciones para compatibilizar el desarrollo socioeconómico con la preservación de sus valores naturales, lo cual importa al ciudadano al definir las actividades permitidas y las limitaciones en un área de gran valor ecológico y paisajístico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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