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Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado.

BOE-A-2023-22764Publicada: 09/11/2023Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, es una norma del Gobierno de España que desarrolla y concreta las reglas sobre los instrumentos financieros (como acciones, bonos u otros valores), la forma en que estos se registran y representan, las condiciones para que puedan negociarse en bolsa u otros mercados, y el funcionamiento de las infraestructuras que hacen posible ese comercio, como los mercados regulados, los sistemas de compensación y los depositarios de valores. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las empresas y entidades públicas que emiten valores (acciones, obligaciones, etc.), a los inversores que los compran o venden, a las entidades financieras que gestionan su registro y custodia, y a los organismos que gestionan los mercados donde se negocian esos valores. En la práctica, cualquier persona o empresa que invierta en bolsa o en productos financieros negociables en España queda dentro del ámbito de aplicación de esta norma. **¿Qué cambia o establece?** La norma fija las reglas sobre cómo deben representarse y registrarse los valores negociables (ya sea mediante anotaciones en cuenta o títulos físicos), cómo se inscriben las transmisiones y los derechos sobre ellos, qué requisitos deben cumplirse para admitir valores a negociación en un mercado regulado, quién responde si el folleto informativo contiene errores, y cómo deben organizarse y funcionar los centros de negociación y los sistemas de compensación y liquidación. En conjunto, actualiza y unifica el marco técnico y legal que sostiene el mercado de valores en España.

💬 Contexto ciudadano

Complementando el RD 813/2023, este real decreto aborda los instrumentos financieros propiamente dichos, la admisión a negociación en mercados regulados, el registro de valores y las infraestructuras de mercado —anotaciones en cuenta, folleto de emisión, sistemas de compensación y liquidación—. Antes de la Ley 6/2023 y sus desarrollos reglamentarios, el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores de 2015 convivía con normas dispersas y una transposición incompleta de MiFIR. Comparado con el enfoque alemán, que mantiene leyes separadas para cada segmento de mercado, o el francés con el Règlement Général de l'AMF, España opta por un desarrollo reglamentario comprehensivo y unificado. La norma es crucial para la modernización del mercado de capitales español y su integración plena en la Unión del Mercado de Capitales europeo.

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