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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/4461/2004, de 30 de diciembre, por la que se modifica el apartado VIII del Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras.

BOE-A-2005-591Publicada: 13/01/2005MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden APA/4461/2004, de 30 de diciembre, por la que se modifica el apartado VIII ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden APA/4461/2004 modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras, eliminando restricciones sobre los pesos de los envases y permitiendo un mayor número de especies para reenvasado, con limitaciones de peso y requisitos de etiquetado. **2. CONTEXTO** El Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras, aprobado en 1986, establecía restricciones sobre los pesos de los envases y limitaba el reenvasado a ciertas especies. Esta normativa no se adaptaba a las necesidades de los productores, que requerían mayor flexibilidad. Además, los pesos autorizados variaban según la especie, generando confusión y aumentando costos. La presente Orden busca modernizar y simplificar estas normas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APA/4461/2004, de 30 de diciembre de 2004, modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, en los términos siguientes: - **Supresión del apartado VIII.1**: Se elimina la norma que establecía pesos normalizados para los envases de semillas de especies sujetas al Reglamento. Esta disposición se elimina para permitir mayor flexibilidad en la comercialización. - **Modificación del apartado VIII.2**: Se sustituye por un nuevo texto que establece las siguientes normas: - **Reenvasado de semillas**: No se permite el reenvasado de semillas de zulla, alfalfa, almorta, altramuz, esparceta, guisante, alholva, veza, yero, haba y algarroba, cualquiera que sea su categoría o tipo de envasado, sin que se proceda a un nuevo precintado oficial. Esto significa que, para estas especies, el reenvasado requiere un nuevo precintado. - **Reenvasado de especies distintas**: Los productores podrán reenvasar semillas de plantas forrajeras de especies distintas a las mencionadas anteriormente, para las distintas categorías de semilla, sin necesidad de un nuevo precintado oficial. Los pesos por envase permitidos para su comercialización después de un reenvasado autorizado, incluidas las mezclas de semilla, serán como máximo de diez kilogramos. - **Semillas para uso exclusivo de césped**: Para estas semillas, los productores podrán reenvasarlas en envases de cualquier tamaño hasta un peso máximo de dos kilogramos. - **Etiquetado y boletines**: Los productores deberán colocar en el reverso de las etiquetas del productor que acompañen cada envase, un boletín numerado facilitado por los servicios oficiales de control. El número de boletines utilizados en los reenvasados será justificado mediante la entrega de las etiquetas oficiales del precintado original, que deberán permanecer en su poder hasta que sean solicitados por el personal inspector del servicio oficial de control correspondiente. - **Cierre de envases**: El sistema de cierre de los envases debe ser tal que, una vez abiertos, no puedan utilizarse nuevamente. Para los envases de material transparente, podrá utilizarse una etiqueta interior colocada de forma que pueda leerse exteriormente. En este caso, así como cuando el texto de la etiqueta del productor figure impresa en el envase, el boletín será colocado directamente sobre el mismo. La disposición final única establece que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APA/4461/2004 modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras para permitir mayor flexibilidad en el reenvasado y en los pesos de los envases. La norma busca adaptarse a las necesidades de los productores y simplificar el sistema de certificación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Reglamento Técnico**: Se elimina el apartado VIII.1 y se sustituye el VIII.2 por una norma más flexible. ⚠️ **Limitaciones al reenvasado**: Solo se permite para ciertas especies, con restricciones de peso y obligación de nuevo precintado. 📋 **Requisitos de etiquetado y boletines**: Los productores deben cumplir con normas específicas para garantizar la trazabilidad. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden APA/4461/2004 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de diciembre de 2004 - **Materias**: Control y certificación de semillas, plantas forrajeras, reenvasado, etiquetado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Reglamento Técnico, semillas forrajeras, reenvasado, etiquetado, control oficial **Total de palabras: 687** ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden APA/4461/2004, el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras de 1986 imponía pesos normalizados y específicos para los envases de semillas, tanto en su presentación inicial como tras un reenvasado autorizado. Esta rigidez contrastaba con la necesidad de flexibilidad del mercado y las exigencias de los productores, quienes se veían limitados por pesos variables según la especie. A diferencia de normativas más modernas o directivas europeas que buscan armonizar y flexibilizar estos aspectos, la regulación anterior era más restrictiva. Las Comunidades Autónomas y sectores afectados fueron consultados, lo que sugiere un consenso en la necesidad de cambio, aunque la aprobación final recae en el ámbito nacional. Esta modificación importa para el ciudadano productor al permitirle una mayor adaptabilidad en el envasado, reduciendo costes y facilitando la comercialización, y para el ciudadano consumidor al potencialmente influir en la disponibilidad y precio de las semillas forrajeras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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