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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden PRE/3298/2004, de 13 de octubre, por la que se modifica el Anexo IX «Masas y Dimensiones» del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

BOE-A-2005-3171Publicada: 25/02/2005MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden PRE/3298/2004, de 13 de octubre, por la que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige errores en la Orden PRE/3298/2004, que modificaba el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos, en cuanto a la tabla de masas máximas autorizadas para ciertos tipos de vehículos. 2. **CONTEXTO** La Orden PRE/3298/2004, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 14 de octubre de 2004, modificó el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos. Durante su publicación, se detectaron errores en la redacción de un párrafo referido a vehículos articulados de 4 ejes. El Real Decreto corrige dichos errores para garantizar la correcta aplicación de las normas técnicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige errores en la Orden PRE/3298/2004, de 13 de octubre, que modificó el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. La corrección afecta a la tabla 2 del Anexo IX, denominada «Masas máximas autorizadas». En concreto, se corrige un error en la redacción del párrafo referido a los vehículos articulados de 4 ejes. En la página 34315 del Boletín Oficial del Estado, en el apartado Primero, 2, se encontraba un texto que decía: «a) En el apartado "Vehículos articulados de 4 ejes", el segundo párrafo, se sustituye por el siguiente: "Vehículo de motor de 2 ejes y semirremolque en el cual la distancia entre ejes sea igual o superior a 1,80 metros (2): 36."» Este texto era incorrecto, ya que se refería al segundo párrafo, pero en realidad se debía aplicar al primer párrafo. El Real Decreto corrige esta redacción, indicando que: «a) En el apartado "Vehículos articulados de 4 ejes" el primer párrafo se sustituye por el siguiente: "Vehículo de motor de 2 ejes y semirremolque en el cual la distancia entre ejes sea igual o superior a 1,30 metros y sea inferior a 1,80 metros (2): 36."» Esta corrección es fundamental para garantizar que las normas técnicas se aplicen correctamente, especialmente en materia de seguridad vial y homologación de vehículos. La corrección afecta a la clasificación de ciertos vehículos según su masa y dimensiones, lo cual influye en su permiso de circulación y en la aplicación de las normas de tráfico. El Real Decreto no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que corrige errores de redacción que podrían haber generado confusiones en la interpretación de las normas técnicas. La corrección se realiza en el marco del procedimiento de corrección de errores previsto en el artículo 122 del Reglamento General de Vehículos, que permite la rectificación de errores en normas publicadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en la Orden PRE/3298/2004, que modificaba el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos. La corrección afecta a la tabla 2, en la que se define la masa máxima autorizada para ciertos tipos de vehículos. La corrección es fundamental para garantizar la correcta aplicación de las normas técnicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrige un error de redacción en la Orden PRE/3298/2004. ⚠️ **Impacto en la normativa**: La corrección afecta a la tabla 2 del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos. 📋 **Aplicación técnica**: La corrección influye en la clasificación de vehículos según su masa y dimensiones. ℹ️ **Procedimiento legal**: La corrección se realiza en el marco del artículo 122 del Reglamento General de Vehículos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 14 de octubre de 2004 (publicación de la Orden PRE/3298/2004) - **Materias**: Vehículos, seguridad vial, normativa técnica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Reglamento General de Vehículos, Anexo IX, masas máximas autorizadas, corrección de errores, seguridad vial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta norma, un Real Decreto de ámbito nacional de 2005, corrige errores en una orden previa de 2004 que modificaba el Anexo IX "Masas y Dimensiones" del Reglamento General de Vehículos, el cual a su vez fue aprobado por un Real Decreto de 1998. La corrección afecta específicamente a la masa máxima autorizada para vehículos articulados de 4 ejes, ajustando la distancia entre ejes requerida para alcanzar las 36 toneladas. Anteriormente, la redacción errónea establecía una distancia mínima de 1,80 metros, mientras que la corrección la rebaja a 1,30 metros, siempre que no supere los 1,80 metros. Esta modificación, aunque técnica, es relevante para el ciudadano ya que puede impactar en la homologación y circulación de ciertos vehículos de transporte, afectando potencialmente a la logística y al coste del transporte de mercancías, y alineándose con normativas europeas sobre pesos y dimensiones que buscan la armonización en el mercado interior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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