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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.

BOE-A-2005-4113Publicada: 12/03/2005MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de E ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 277/2005 modifica el Reglamento de Explosivos, aprobado en 1998, con el objetivo de mejorar el control de la fabricación, circulación, almacenamiento, comercio, tenencia y utilización de explosivos, garantizando la seguridad ciudadana. 2. **CONTEXTO** El Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, fue dictado en base a la habilitación competencial del Estado según la Constitución y a la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Este reglamento unificó el régimen jurídico disperso en múltiples normas. La necesidad de perfeccionar los controles sobre explosivos surgió debido al riesgo de sustracción o uso delictivo. La Orden PRE/2426/2004 permitió un control efectivo mediante libros de registro de movimientos y consumo. No obstante, era necesario delimitar claramente los sujetos responsables de la llevanza de estos registros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 277/2005 introduce modificaciones al Reglamento de Explosivos, con el fin de mejorar el control de los explosivos y garantizar la seguridad ciudadana. Entre las principales modificaciones se encuentra la reforma de las disposiciones transitorias y derogatorias, así como la reforma del Reglamento de Seguridad Privada. En la **disposición transitoria primera**, se establece que las autorizaciones previas para la utilización de explosivos con ámbito nacional conservarán su vigencia durante el plazo original. En la **disposición transitoria segunda**, se establece que las autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto conservarán su vigencia durante el plazo que se les haya concedido. La **disposición derogatoria única** establece que quedan derogadas cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. En la **disposición final primera**, se reforma el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre. El apartado 3 del artículo 33 queda redactado de la siguiente forma: «3. La dotación y las funciones de los vigilantes de cada vehículo de transporte y distribución de explosivos se determinarán con arreglo a lo que disponga el Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.» En la **disposición final segunda**, se establece que los responsables de las instalaciones dispondrán de un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor del real decreto para comunicar a la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente la relación de las personas a que alude el apartado 4 del artículo 195 del Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero. En la **disposición final tercera**, se establece que el presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Estas modificaciones buscan garantizar un control más eficaz sobre los explosivos, especialmente en lo referente a la llevanza de los registros de movimientos y consumo, así como en la responsabilidad de los sujetos que los gestionen. Además, se establece un plazo para la comunicación de ciertos datos a la Intervención de Armas y Explosivos, lo que refuerza la transparencia y la vigilancia en este ámbito. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 277/2005 modifica el Reglamento de Explosivos para mejorar el control sobre los explosivos y garantizar la seguridad ciudadana. Establece plazos para la comunicación de datos, reforma normativas anteriores y mejora la coordinación con el Reglamento de Seguridad Privada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Reglamento de Explosivos**: Se introduce una serie de reformas para mejorar el control de los explosivos. ⚠️ **Derogación de normativas anteriores**: Se derogan disposiciones que se opongan a las nuevas normas. 📋 **Plazos de comunicación**: Se establece un plazo de tres meses para la comunicación de datos a la Intervención de Armas y Explosivos. ℹ️ **Coordinación con el Reglamento de Seguridad Privada**: Se modifica el régimen de vigilancia de los vehículos de transporte de explosivos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 11 de marzo de 2005 - **Materias**: Seguridad ciudadana, explosivos, control de armas - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto 277/2005, la normativa principal era el Reglamento de Explosivos de 1998, que ya unificaba un régimen jurídico previamente disperso y se basaba en competencias estatales sobre seguridad ciudadana y en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta reforma, de ámbito nacional, se compara con otras normativas autonómicas que puedan existir en materia de seguridad, aunque la regulación de explosivos es competencia estatal, y busca armonizar con directivas europeas como la 2004/57/CE. La aprobación recae en el Gobierno central, sin que las Comunidades Autónomas tengan competencias directas en su aprobación, aunque sí en su aplicación. La diferencia es crucial para el ciudadano porque perfecciona los controles sobre la fabricación, tenencia y uso de explosivos, incrementando la seguridad y previniendo su desvío para usos delictivos, lo que repercute directamente en la protección de la seguridad pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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