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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/961/2005, de 7 de abril, por la que se aprueba el Reglamento del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española.

BOE-A-2005-6029Publicada: 15/04/2005MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden APA/961/2005, de 7 de abril, por la que se aprueba el Reglamento del Libro ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden APA/961/2005, de 7 de abril, aprueba el nuevo Reglamento del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española, sustituyendo a la Orden de 6 de septiembre de 1994. Establece criterios de inscripción, calificación morfológica y productiva, y regula la vigencia de las inscripciones previas. **2. CONTEXTO** El Libro Genealógico es fundamental para la evaluación genética y la mejora de la raza bovina Frisona Española. La última normativa fue publicada en 1994, pero los avances científicos y genéticos requieren una actualización. La Orden fue tramitada a propuesta de la Confederación de Asociaciones de Frisona de España (CONAFE), entidad oficialmente reconocida. Se consultó a sectores afectados y a las Comunidades Autónomas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APA/961/2005, de 7 de abril, aprueba el Reglamento del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española, que se adjunta como anexo. El nuevo reglamento sustituye a la Orden de 6 de septiembre de 1994, por la que se actualizó la Reglamentación Específica del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española. El Reglamento establece criterios de inscripción de los animales en los distintos registros del Libro Genealógico, así como modificaciones en el Prototipo Racial y en el Baremo de Prototipo. Los animales inscritos antes de la entrada en vigor de esta Orden mantendrán su inscripción vigente en los términos en que fue realizada, según la Disposición Adicional Única. La Disposición Derogatoria establece que queda derogada la Orden de 6 de septiembre de 1994. En cuanto a la calificación morfológica, se establecen los siguientes criterios: - **Artículo 5.5**: No se calificarán ni se inscribirán en el Registro correspondiente los animales que presenten taras fundamentales, en particular si fuesen hereditarias; aquellos cuya capa sea totalmente negra, blanca o roja; o aquellos que no muestren las características propias de la raza Frisona. - **Artículo 5.6**: La calificación es obligatoria para todos los ejemplares incluidos en los Registros Auxiliares B y Registro Principal cuando alcancen la edad reglamentaria. Para las hembras, se requiere que hayan parido al menos una vez, y la categoría de «Excelente» solo podrá otorgarse a partir del tercer parto. Los machos se calificarán a partir de los catorce meses de edad, no pudiendo concedérseles la categoría de «Excelente» antes de cumplir dos años y medio. - **Artículo 5.7**: Las recalificaciones a petición del ganadero deberán realizarse dentro de un plazo de dos meses desde la recepción de la solicitud en la Oficina de la Entidad Reconocida. No se permitirá recalificar reproductoras dentro del mismo parto. - **Artículo 5.8**: Se establece como norma calificar todas las reproductoras en el primer parto. Si no fuera posible por causa de fuerza mayor, se realizará en el parto inmediatamente siguiente. El Reglamento también establece que la calificación morfológica se realizará mediante rondas oficiales y periódicas, establecidas previamente por la Entidad Reconocida. Estos criterios buscan garantizar la calidad genética y morfológica de la raza Frisona Española, contribuyendo a su mejora y a la sostenibilidad de la producción ganadera. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APA/961/2005 actualiza el Reglamento del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española, sustituyendo a la normativa de 1994. Establece criterios claros de inscripción, calificación y vigencia de las inscripciones previas. La normativa busca mejorar la calidad genética y morfológica de la raza, contribuyendo a su desarrollo sostenible. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización del Reglamento**: Sustituye a la normativa de 1994, incorporando avances científicos y genéticos. ⚠️ **Criterios de calificación**: Establece requisitos claros para la calificación morfológica y productiva de los animales. 📋 **Vigencia de inscripciones previas**: Los animales inscritos antes de la entrada en vigor de la Orden mantienen su inscripción vigente. ℹ️ **Procedimiento de recalificación**: Se establece un plazo de dos meses para atender solicitudes de recalificación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 7 de abril de 2005 - **Materias**: Ganadería, genética, raza bovina, inscripción, calificación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Libro Genealógico, raza Frisona Española, calificación morfológica, inscripción, reglamento, ganadería, mejora genética ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden APA/961/2005 actualiza el Reglamento del Libro Genealógico de la raza bovina Frisona Española, derogando la normativa previa de 1994. Esta regulación nacional, dictada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se basa en la competencia estatal para la coordinación de la actividad económica, y se alinea con la necesidad de incorporar avances científicos y genéticos en la mejora de la raza. Si bien la gestión del libro genealógico recae en entidades reconocidas como CONAFE, la normativa estatal establece el marco general, a diferencia de posibles regulaciones autonómicas más específicas, si las hubiera. Para el ciudadano, esta actualización es crucial ya que garantiza la fiabilidad y el progreso genético de la raza, impactando directamente en la productividad y rentabilidad de las explotaciones ganaderas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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