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Ley 1/2005, de 22 de abril, de creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.

BOE-A-2005-7614Publicada: 11/05/2005Comunidad Autónoma de Canarias

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/2005, de 22 de abril, de creación del Instituto Canario de Calidad Agroali ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 1/2005, de 22 de abril, crea el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, otorgándole competencias en materia de control de calidad agroalimentaria, denominaciones de origen, y otros aspectos relacionados con la producción y comercialización de productos agroalimentarios en Canarias. 2. **CONTEXTO** La Ley se enmarca en el marco de la autonomía de Canarias, reconocida en el Estatuto de Autonomía, que otorga competencias exclusivas en materia de agricultura, ganadería y denominaciones de origen. La norma responde a la necesidad de establecer un órgano especializado para garantizar la calidad y seguridad de los productos agroalimentarios, en cumplimiento de normativas nacionales e internacionales. Además, se basa en la transferencia de competencias desde el Estado a la Comunidad Autónoma, según los Real Decreto 2773/1983 y 282/1995. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/2005, de 22 de abril, de Creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, establece la creación de un instituto público con funciones de control, inspección y promoción de la calidad agroalimentaria en Canarias. El instituto se crea en virtud de la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de agricultura, ganadería y denominaciones de origen, según el artículo 31 del Estatuto de Autonomía de Canarias. La norma se fundamenta en la Directiva 89/397/CEE, transpuesta al ordenamiento español mediante el Real Decreto 50/1993, que establece el control oficial de los productos alimenticios con el objetivo de prevenir riesgos para la salud pública y garantizar la seguridad alimentaria. El instituto tendrá funciones de control de la calidad agroalimentaria, incluyendo la adecuación de los productos a las normas de elaboración, la potestad sancionadora, el Registro de Productos Enológicos, y el control de productos vitivinícolas destinados a otros Estados miembros de la Unión Europea. Además, se establecen disposiciones transitorias que regulan la transición del control de calidad agroalimentaria desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación al nuevo instituto. La dotación inicial del instituto se basa en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2005, y se le otorga la facultad de realizar adaptaciones jurídicas y presupuestarias necesarias para su funcionamiento. En cuanto a los procedimientos administrativos en tramitación, se establece que los que no hayan finalizado antes de la puesta en funcionamiento del instituto serán resueltos por los órganos correspondientes del instituto. Los recursos administrativos interpuestos contra actos de la Consejería en materias de su competencia, tras la puesta en funcionamiento del instituto, así como los que se hubieran interpuesto con anterioridad y no se hayan resuelto, se sujetarán al régimen competencial anterior a la constitución del instituto. La Ley también establece disposiciones finales, entre las que se incluye la facultad del Gobierno de Canarias para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo de la norma, y la entrada en vigor de la ley el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/2005 crea el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, otorgándole competencias en materia de control de calidad agroalimentaria. La norma se basa en la autonomía de Canarias y en la transferencia de competencias desde el Estado. Se establecen disposiciones transitorias para garantizar una transición ordenada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria**: Se establece un órgano especializado para el control de la calidad agroalimentaria en Canarias. ⚠️ **Transferencia de competencias**: La norma responde a la transferencia de funciones desde el Estado a la Comunidad Autónoma, según los Real Decreto 2773/1983 y 282/1995. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se establecen mecanismos para la transición del control de calidad agroalimentaria desde la Consejería a la nueva institución. ℹ️ **Entrada en vigor**: La ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica - **Fuente**: Ley 1/2005 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 22 de abril de 2005 - **Materias**: Agricultura, Ganadería, Calidad Agroalimentaria, Denominaciones de Origen - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, Control de calidad, Denominaciones de Origen, Autonomía de Canarias, Transferencia de competencias ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 1/2005, las competencias en materia de calidad agroalimentaria y defensa contra fraudes en Canarias ya habían sido transferidas desde el Estado a la Comunidad Autónoma mediante Reales Decretos en 1983 y 1995. Esta normativa autonómica se alineaba con directivas europeas sobre control oficial de productos alimenticios, como la 89/397/CEE, y desarrollos estatales como el Real Decreto 50/1993. Otras Comunidades Autónomas también han desarrollado normativas similares para la gestión de la calidad agroalimentaria, a menudo a través de institutos o agencias específicas. La aprobación de esta ley por el Parlamento de Canarias, y su posterior promulgación, responde a la necesidad de unificar y potenciar estos controles, lo que importa al ciudadano al garantizar una mayor seguridad y transparencia en los productos que consume, así como al proteger la reputación de los productos canarios en el mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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