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Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

BOE-A-2005-9204Publicada: 03/06/2005TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Supremo declara nula la frase "provisionalmente y a cuenta" en los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986. 2. **CONTEXTO** La sentencia fue dictada en respuesta a la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Esta cuestión fue elevada al Tribunal Supremo para su resolución. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su sentencia de 26 de enero de 2004, analizó la constitucionalidad de dicha frase en el marco del derecho administrativo y del derecho de propiedad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo, dictada en fecha 26 de enero de 2004, resuelve la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su fallo, declara nula la frase "provisionalmente y a cuenta" que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Esta frase fue considerada incompatible con el derecho de propiedad, ya que permitía la cesión de derechos de uso de la tierra sin garantía de titularidad definitiva. En el desarrollo del fallo, el Tribunal Supremo se refiere a la sentencia de la Sección Quinta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 28 de noviembre de 2001, que había estimado parcialmente la cuestión de ilegalidad. La Sala Tercera, al revisar el asunto, concluye que la frase en cuestión no solo viola el derecho de propiedad, sino que también afecta la seguridad jurídica de los titulares de derechos de uso. La sentencia establece que, aunque no se afecta la situación jurídica concreta derivada de la sentencia anterior, la nulidad de dicha frase es necesaria para garantizar el respeto al derecho de propiedad y a la seguridad jurídica. El Tribunal Supremo destaca que la frase "provisionalmente y a cuenta" no solo genera incertidumbre, sino que también impide la titularidad definitiva de los derechos de uso, lo cual es incompatible con el derecho de propiedad. El Tribunal Supremo, en su fallo, se basa en el derecho administrativo y en el derecho de propiedad, señalando que la norma en cuestión no cumple con los principios de seguridad jurídica y de titularidad definitiva. Por ello, se declara nula dicha frase, con el fin de garantizar el respeto a los derechos de los ciudadanos y a la legalidad del sistema de dominio público hidráulico. La sentencia se publica en el Boletín Oficial del Estado y se notifica al Tribunal que planteó la cuestión, con la finalidad de que se cumpla el procedimiento legal establecido. No se imponen costas, lo que refleja la importancia de la cuestión planteada y la necesidad de su resolución. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo declara nula la frase "provisionalmente y a cuenta" en los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico. Esta decisión busca garantizar el derecho de propiedad y la seguridad jurídica. La sentencia se publica en el Boletín Oficial del Estado y se notifica al Tribunal que planteó la cuestión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad de la frase "provisionalmente y a cuenta"**: El Tribunal Supremo declara nula dicha frase en los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico. ⚠️ **Incompatibilidad con el derecho de propiedad**: La frase fue considerada incompatible con el derecho de propiedad y la seguridad jurídica. 📋 **Resolución de cuestión de ilegalidad**: La sentencia resuelve parcialmente la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. ℹ️ **Publicación en Boletín Oficial del Estado**: La sentencia se publica en el Boletín Oficial del Estado y se notifica al Tribunal que planteó la cuestión. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 26 de enero de 2004 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de propiedad, derecho hidráulico - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Real Decreto - **Código**: Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 - **Artículo afectado**: Artículos 303 y 310 - **Párrafo afectado**: Párrafo 2.° - **Cita exacta**: "declarar, y declaramos, nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los arts. 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril". **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia de 2004, el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, permitía la aplicación de pagos "provisionalmente y a cuenta" en ciertos supuestos, una práctica que, aunque no era exclusiva de España, difería de enfoques más definitivos en otras normativas europeas. Esta formulación, ahora declarada nula por el Tribunal Supremo, no había sido objeto de una declaración de nulidad explícita por parte de otras Comunidades Autónomas ni de una directiva europea específica que la prohibiera directamente, pero su interpretación judicial ha corregido una ambigüedad. Para el ciudadano, la eliminación de esta frase implica una mayor seguridad jurídica, al clarificar que las liquidaciones y pagos relacionados con el dominio público hidráulico deben ser definitivos y no sujetos a ajustes futuros bajo esa premisa, evitando así incertidumbres y posibles litigios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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