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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Justicia.

BOE-A-2005-9057Publicada: 02/06/2005MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, por la que se re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores de trascripción en la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, que regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Justicia. 2. **CONTEXTO** La Orden JUS/1449/2005 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 123, de 24 de mayo. Durante su publicación, se detectaron errores de trascripción en el texto de la norma. Para garantizar la precisión legal, se procede a su corrección mediante una rectificación oficial. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige el texto de la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, en la página 17400 del Boletín Oficial del Estado. El error afecta al párrafo c) del apartado 1 del artículo 1, donde se describe la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones. En la versión original, se omitió la mención de un representante de la Abogacía General del Estado y de la Dirección del Servicio Jurídico del Estado. La rectificación incluye la inclusión de estos representantes en la lista de vocales. La redacción correcta del párrafo c) del apartado 1 del artículo 1 establece que: «c) Vocales: Un representante de cada uno de los Gabinetes del Ministro, de la Secretaría de Estado de Justicia y de la Subsecretaría. Un representante de la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado. Un representante de cada una de las Direcciones Generales del Departamento. Un representante del Centro de Estudios Jurídicos. El Subdirector general Jefe de la Oficina Presupuestaria. El Subdirector general de Documentación y Publicaciones, que actuará como Secretario.» La rectificación se realiza mediante una Orden Ministerial, que se publica en el Boletín Oficial del Estado con la finalidad de corregir errores de transcripción y garantizar la exactitud del texto legal. Esta corrección es fundamental para evitar confusiones en la aplicación de la norma, ya que la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones es clave para su funcionamiento. La norma se basa en el artículo 1 de la Orden JUS/1449/2005, que establece la estructura y la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones. La rectificación no modifica el contenido esencial de la norma, sino que corrige errores de redacción que podrían afectar su correcta interpretación. La corrección se realiza en el marco de la regulación interna del Ministerio de Justicia, con el objetivo de garantizar la transparencia y la eficacia en la gestión de las publicaciones oficiales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores de trascripción en la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, para garantizar la precisión del texto legal. La rectificación afecta a la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones, incluyendo nuevos representantes. La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrige un error de trascripción en la Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo. ⚠️ **Impacto en la normativa**: La rectificación afecta a la composición de la Comisión Asesora de Publicaciones, incluyendo nuevos representantes. 📋 **Publicación oficial**: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar la transparencia. ℹ️ **Relevancia**: Es relevante para la correcta aplicación de la normativa interna del Ministerio de Justicia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de mayo de 2005 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Administrativo, Justicia, Publicaciones oficiales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden JUS/1449/2005, de 16 de mayo, reguló la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Justicia, estableciendo su composición y funcionamiento. Esta norma, de ámbito nacional, se enmarca en la potestad del Ministerio para organizar sus órganos consultivos, sin que existan normativas autonómicas específicas sobre esta comisión en particular, aunque sí regulaciones generales sobre publicaciones oficiales en otras Comunidades Autónomas. La normativa estatal previa a esta orden no detallaba de forma tan explícita la composición de dicha comisión. La rectificación de errores, publicada el 2 de junio de 2005, no altera el fondo de la regulación, sino que corrige imprecisiones en la transcripción, asegurando la correcta identificación de los miembros que la integran. Para el ciudadano, una composición clara y precisa de este órgano es relevante para entender quién participa en las decisiones sobre las publicaciones del Ministerio, garantizando transparencia y un acceso adecuado a la información jurídica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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