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Acuerdo Multilateral RID 1/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de 18 de febrero de 2003), relativo a una derogación de la instrucción de embalaje P802, hecho en Madrid el 30 de diciembre de 2004.

BOE-A-2005-8599Publicada: 26/05/2005MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo Multilateral RID 1/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** Este acuerdo multilateral deroga la instrucción de embalaje P802 del RID, permitiendo el uso de bidones de acero de capacidad máxima de 250 litros como excepción a ciertas disposiciones. 2. **CONTEXTO** El acuerdo fue firmado en Madrid el 30 de diciembre de 2004, entre varios países miembros de la COTIF. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 18 de febrero de 2003. Su objetivo es adaptar las normas de transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril a nuevas prácticas de embalaje. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo Multilateral RID 1/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), deroga la instrucción de embalaje P802. Este acuerdo establece que, como excepción a las disposiciones del 4.1.4.1 del RID, se pueden utilizar bidones de acero (1A1) de capacidad máxima de 250 litros. La derogación de la instrucción P802 se aplica únicamente a los transportes entre los territorios de los Estados Miembros de la COTIF que hayan firmado el acuerdo, salvo que sea revocado por uno de los signatarios. El acuerdo establece que, además de las indicaciones dispuestas en el RID, el expedidor deberá indicar en la carta de porte la siguiente mención: «Transporte conforme a los términos del 1.5.1 del RID (RID 1/2004)». Esta mención es obligatoria para garantizar la transparencia y la seguridad en el transporte. El acuerdo se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2006, salvo que sea revocado por uno de los signatarios. En ese caso, seguirá siendo aplicable únicamente a los transportes entre los territorios de los Estados Miembros de la COTIF que lo hayan firmado y no lo hayan revocado. El acuerdo fue firmado por las autoridades competentes del RID de Alemania, Austria, Bélgica, España, Noruega, Reino Unido y Suiza. La autoridad competente para el RID en España, Luis de Santiago Pérez, Director general de Ferrocarriles, firmó el acuerdo en Madrid el 30 de diciembre de 2004. El acuerdo se publicó oficialmente en el Boletín Oficial del Estado el 18 de febrero de 2003, lo que lo convierte en una norma vigente y aplicable dentro del marco legal de la Unión Europea. La derogación de la instrucción P802 representa una adaptación a nuevas prácticas de embalaje que permiten una mayor flexibilidad en el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, siempre que se respeten las condiciones establecidas en el acuerdo. El texto del acuerdo se basa en la normativa del RID, que establece las condiciones mínimas para el transporte seguro de mercancías peligrosas por ferrocarril. La derogación de la instrucción P802 se realiza en virtud de la Sección 1.5.1 del RID, que permite excepciones a ciertas disposiciones cuando se justifica la seguridad y la eficiencia del transporte. Este acuerdo refleja la cooperación internacional en materia de transporte de mercancías peligrosas, con el objetivo de garantizar la seguridad, la eficiencia y la compatibilidad entre los países miembros de la COTIF. La derogación de la instrucción P802 representa un avance en la adaptación de las normas de embalaje a las prácticas modernas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el acuerdo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo deroga la instrucción P802 del RID, permitiendo el uso de bidones de acero de 250 litros como excepción. Se aplica hasta 2006, salvo revocación. La derogación se basa en la Sección 1.5.1 del RID, que permite excepciones en condiciones específicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Derogación de la instrucción P802 del RID. ⚠️ Aplicación limitada a los países firmantes del acuerdo. 📋 Uso de bidones de acero de 250 litros como excepción. ℹ️ Mención obligatoria en la carta de porte. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Europea (COTIF) - **Fuente**: Acuerdo Multilateral RID 1/2004 - **Tipo**: Acuerdo multilateral - **Fecha**: 30 de diciembre de 2004 - **Materias**: Transporte de mercancías peligrosas, embalaje, seguridad - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la normativa de transporte ferroviario) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Acuerdo Multilateral RID 1/2004, la instrucción de embalaje P802 del Reglamento de Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) establecía restricciones más estrictas sobre el tipo y capacidad de los bidones de acero permitidos para ciertos transportes. Este acuerdo, firmado por varias naciones europeas adheridas a la COTIF como Alemania, Austria, Bélgica, España, Noruega, Reino Unido y Suiza, introduce una derogación específica permitiendo el uso de bidones de acero (1A1) de hasta 250 litros, algo que podría no estar contemplado en la normativa estatal o en otras CCAA que no hayan ratificado este acuerdo multilateral. La diferencia es crucial para el ciudadano expedidor, ya que amplía las opciones de embalaje y potencialmente abarata o facilita el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril dentro de los territorios firmantes, siempre que se cumplan las condiciones adicionales de notificación en la carta de porte. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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