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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 723/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España.

BOE-A-2005-10457Publicada: 21/06/2005MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 723/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ins ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 723/2005, de 20 de junio, aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España, modificando su organización interna y adscripción orgánica para adaptarse a la estructura del nuevo Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco de una reestructuración ministerial iniciada por el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, que modificó la organización de los departamentos gubernamentales. La reestructuración del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio fue desarrollada por el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio. El objetivo principal fue adaptar el Instituto de Turismo de España a la nueva estructura ministerial y mejorar la eficacia de la Administración General del Estado en materia turística. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 723/2005, de 20 de junio, establece el Estatuto del Instituto de Turismo de España, que regula su organización, funciones y régimen económico, financiero y de personal. En su artículo único, se aprueba el texto completo del Estatuto, que se inserta en el cuerpo del decreto. La disposición adicional única suprime varios órganos del Instituto, incluyendo la Dirección del Instituto, la Subdirección de Comercialización Exterior del Turismo y Oficinas Españolas de Turismo, la Subdirección de Medios de Promoción Turística y la Subdirección de Gestión Económico-Administrativa. La disposición transitoria única establece que las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general continuarán existiendo y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios. En cuanto al régimen económico y financiero, el artículo 8 establece que se aplicará el régimen establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El artículo 9 regula el régimen de contratación del Instituto, aplicando el artículo 49 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. El artículo 10 establece que el personal del Instituto, tanto funcionario como laboral, se regirá por la normativa sobre función pública y la legislación laboral aplicable al resto del personal de la Administración General del Estado, conforme al artículo 47 de la mencionada Ley 6/1997. Las disposiciones finales autorizan al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y establecen que el decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 723/2005 modifica la estructura del Instituto de Turismo de España para adaptarla a la nueva organización ministerial. Suprime algunos órganos y establece un régimen económico, financiero y de contratación basado en leyes vigentes. El texto se publica en el BOE y entra en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de estructura**: Se suprime la Dirección del Instituto y otras subdirecciones. ⚠️ **Supresión de órganos**: Se eliminan funciones y estructuras anteriores para adaptarse a la nueva organización ministerial. 📋 **Régimen económico y financiero**: Se aplica la Ley 47/2003, General Presupuestaria. ℹ️ **Régimen de contratación**: Se basa en el artículo 49 de la Ley 6/1997. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 20 de junio de 2005 - **Materias**: Administración pública, turismo, organización ministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Instituto de Turismo de España, reestructuración ministerial, régimen económico, contratación pública, organización administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto 723/2005, la estructura y funciones del Instituto de Turismo de España se regían por el Real Decreto 2615/1996 y su modificación de 2000. La normativa estatal de 2005, aprobada por el Consejo de Ministros, buscaba adaptar el Instituto a la reestructuración ministerial impulsada por el Real Decreto 553/2004, específicamente al nuevo Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Esta adaptación, que implicó la supresión de varias subdirecciones, difiere de enfoques más descentralizados que pudieran existir en otras Comunidades Autónomas o de la ausencia de una directiva europea específica que dictara una estructura idéntica. Para el ciudadano, esta reorganización interna del organismo estatal importa en la medida en que pretende optimizar la gestión y promoción turística, buscando una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos gubernamentales en materia de turismo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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