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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 652/2005, de 7 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas.

BOE-A-2005-10181Publicada: 16/06/2005MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 652/2005, de 7 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 206 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 652/2005 modifica el Real Decreto 2062/1999 para incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2003/103/CE, que actualiza los requisitos de formación en profesiones marítimas y establece un nuevo procedimiento de reconocimiento de títulos profesionales marítimos emitidos por otros Estados miembros de la Unión Europea. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2062/1999 incorporó a España la Directiva 98/35/CE, que modificaba la Directiva 94/58/CE sobre formación en profesiones marítimas. Esta norma fue revisada posteriormente por la Directiva 2003/103/CE, que introduce nuevos requisitos, incluyendo la exigencia de lenguas para comunicaciones entre buques y autoridades, y establece un procedimiento de reconocimiento de títulos marítimos entre Estados miembros. El Real Decreto 652/2005 busca adaptar la normativa española a esta nueva Directiva. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 652/2005 modifica el Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, con el objetivo de incorporar al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2003/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003. Esta Directiva establece nuevos requisitos sobre la formación en profesiones marítimas, incluyendo la exigencia de lenguas para comunicaciones entre buques y autoridades de tierra, obligatorios desde las enmiendas al Convenio SOLAS que entraron en vigor el 1 de julio de 2002. Además, la Directiva 2003/103/CE introduce un nuevo procedimiento para el reconocimiento de títulos profesionales marítimos emitidos por otros Estados miembros de la Unión Europea, en el que la Agencia Europea de Seguridad Marítima debe desempeñar una labor de apoyo a la Comisión y a los Estados miembros. El Real Decreto 652/2005 establece que los títulos profesionales marítimos emitidos por terceros países con los que exista un acuerdo, y que figuran como países reconocidos en el Diario Oficial de la Unión Europea, continuarán siendo reconocidos por el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, siempre que se mantenga el reconocimiento en vigor. Esta disposición transitoria única garantiza la continuidad del reconocimiento de títulos emitidos antes de la entrada en vigor del nuevo Real Decreto. En cuanto a la derogación, el Real Decreto 652/2005 derogará cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto, incluyendo los artículos 7, 8 y 9, el apartado 5 del artículo 17 y el anexo del Real Decreto 2062/1999, así como el Real Decreto 1312/2004, de 28 de mayo, que modificaba el Real Decreto 2062/1999. El Real Decreto 652/2005 se dicta al amparo del artículo 149.1.20.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre marina mercante. Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 652/2005 modifica la normativa marítima española para adaptarla a la Directiva 2003/103/CE, que establece nuevos requisitos de formación y un procedimiento de reconocimiento de títulos marítimos. La norma garantiza la continuidad del reconocimiento de títulos emitidos antes de su entrada en vigor y derogará disposiciones anteriores que se opongan a su contenido. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de normativa marítima**: Se incorpora la Directiva 2003/103/CE, que actualiza los requisitos de formación y establece un nuevo procedimiento de reconocimiento de títulos marítimos. ⚠️ **Derogación de disposiciones anteriores**: Se derogará el Real Decreto 2062/1999 y el Real Decreto 1312/2004, así como otros artículos que se opongan a la nueva normativa. 📋 **Reconocimiento de títulos previos**: Los títulos emitidos por terceros países con los que exista un acuerdo continuarán siendo reconocidos. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 652/2005 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 7 de junio de 2005 - **Materias**: Formación marítima, reconocimiento de títulos, marina mercante - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: formación marítima, Directiva 2003/103/CE, reconocimiento de títulos, marina mercante, Real Decreto 2062/1999, Real Decreto 1312/2004, Convenio STCW, Convenio SOLAS, competencia estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 2005, la normativa española se regía por el Real Decreto 2062/1999, que ya había incorporado la Directiva 98/35/CE, la cual a su vez transponía enmiendas al Convenio STCW. La principal novedad de esta modificación de 2005 es la transposición de la Directiva 2003/103/CE, que actualiza los requisitos de formación marítima, incluyendo la exigencia de idiomas para comunicaciones buque-tierra, en línea con las enmiendas al Convenio SOLAS, y establece un nuevo procedimiento para el reconocimiento de títulos entre Estados miembros de la UE, con un papel para la Agencia Europea de Seguridad Marítima. Esta armonización es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la uniformidad de los estándares de seguridad y cualificación profesional en toda la Unión Europea, facilitando la movilidad y el reconocimiento de las titulaciones de los marinos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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