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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 722/2005, de 20 de junio, por el que se regula la Comisión interministerial del Plan nacional de acción para la inclusión social.

BOE-A-2005-11038Publicada: 29/06/2005MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 722/2005, de 20 de junio, por el que se regula la Comisión intermin ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 722/2005 establece la regulación de la Comisión interministerial del Plan nacional de acción para la inclusión social, dotándola de estructura, funciones, funcionamiento y normas de organización. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto sustituye al Real Decreto 237/2002, que creó la Comisión interministerial para la inclusión social. La necesidad de una regulación más específica surge de la experiencia adquirida en la materia, que indica la necesidad de atribuir al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la responsabilidad del seguimiento y evaluación del plan. El Real Decreto se dicta en cumplimiento de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 722/2005, de 20 de junio, regula la Comisión interministerial del Plan nacional de acción para la inclusión social, estableciendo su naturaleza, funciones, funcionamiento y normas de organización. La Comisión es un órgano colegiado interministerial adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, encargado de la elaboración, coordinación, seguimiento y evaluación del Plan nacional de acción para la inclusión social, a través de la Dirección General de Servicios Sociales y Dependencia. Su finalidad es la coordinación de las actuaciones de los distintos departamentos ministeriales relacionadas con la inclusión social. Las funciones de la Comisión incluyen la coordinación de las actuaciones de los distintos departamentos ministeriales, la elaboración de informes periódicos, la revisión de la viabilidad de los objetivos del Plan, y la participación en la elaboración de informes de evaluación. El Presidente de la Comisión, designado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, preside las reuniones, que se celebran al menos dos veces al año. La Comisión puede crear grupos de trabajo con la composición y funcionamiento que determine en cada caso. El Real Decreto establece que la Comisión interministerial no generará un incremento de gasto público, garantizando su financiación dentro del marco presupuestario existente. Además, se derogó el Real Decreto 237/2002, de 1 de marzo, que había creado la Comisión, así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto. En lo no previsto en el Real Decreto, la Comisión se regirá por sus propias normas de organización y funcionamiento, así como por lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Real Decreto entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 722/2005 establece una regulación más precisa y estructurada de la Comisión interministerial del Plan nacional de acción para la inclusión social. Se derogó el anterior Real Decreto 237/2002 y se establecieron normas sobre su funcionamiento, funciones, reuniones y financiación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión interministerial**: Se establece como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. ⚠️ **Derogación del Real Decreto 237/2002**: Se sustituye por este nuevo Real Decreto para una mejor regulación. 📋 **Funciones específicas**: Coordinación, seguimiento, evaluación y elaboración de informes. ℹ️ **Financiación**: No genera incremento de gasto público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 20 de junio de 2005 - **Materias**: Inclusión social, administración pública, coordinación interministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión interministerial, Plan nacional de acción, inclusión social, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Ley 30/1992 **Palabras totales**: 695 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 2005, la coordinación de las políticas de inclusión social se realizaba a través de una comisión interministerial creada por el Real Decreto 237/2002. Esta nueva norma, aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de la Presidencia, y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, consolida y amplía las funciones de dicha comisión, adscribiéndola formalmente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. A diferencia de normativas autonómicas que pueden tener enfoques más específicos o descentralizados, este real decreto establece un marco de actuación nacional y coordinado, alineándose con las directrices de la Unión Europea en materia de protección social. La diferencia radica en la atribución explícita de la presidencia, vicepresidencia, elaboración, seguimiento y evaluación del plan al Ministerio de Trabajo, lo que otorga mayor peso y responsabilidad a este departamento en la política de inclusión social, impactando directamente en la coherencia y eficacia de las medidas para el ciudadano. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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