Real Decreto 720/2005, de 20 de junio, por el que se crean la Medalla y la Placa al Mérito Turístico.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 720/2005, de 20 de junio, por el que se crean la Medalla y la Placa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 720/2005 crea la Medalla y la Placa al Mérito Turístico, estableciendo su régimen jurídico, modalidades, condiciones de otorgamiento y otros aspectos relevantes. **2. CONTEXTO** La Medalla y la Placa al Mérito Turístico fueron creadas por el Decreto 3587/1962, con el objetivo de reconocer el aporte de personas e instituciones al desarrollo del turismo. Con el paso del tiempo, la normativa se volvió obsoleta y necesitaba actualización. El Real Decreto 720/2005 busca adaptar estas condecoraciones al ordenamiento vigente y al contexto social y político actual. Además, se busca alinear la entrega de estas distinciones con el aniversario de la creación de la Comisión Nacional de Turismo, institución clave en la regulación del turismo en España. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 720/2005, de 20 de junio de 2005, establece el régimen jurídico de la Medalla y la Placa al Mérito Turístico, con el objetivo de reconocer y premiar el aporte de personas e instituciones al desarrollo del turismo en España. Se crea una nueva normativa que sustituye al Decreto 3587/1962, de 27 de diciembre de 1962, que ya no se ajustaba a la realidad actual. En el artículo 1, se establece la creación de la Medalla y la Placa al Mérito Turístico, sin categorías, y se determina que su otorgamiento se realizará previo acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro que tenga atribuida la competencia en materia de turismo. El artículo 2 define el objeto de las condecoraciones: la Medalla premiará a personas físicas, nacionales y extranjeras que hayan prestado servicios relevantes al turismo en cualquiera de sus ramas, mientras que la Placa premiará a instituciones o empresas que se hayan destacado en su actuación a favor del turismo. En el artículo 3, se establecen siete modalidades para la Medalla al Mérito Turístico, que incluyen sectores como alojamiento, hostelería, otros servicios turísticos, ámbito público, conocimiento turístico y ámbito internacional, así como un reconocimiento por servicios extraordinarios. La Placa al Mérito Turístico, en cambio, no tiene distinción de modalidades y se concederán como máximo tres al año. El artículo 4 establece que el acto de imposición y entrega de estas condecoraciones tendrá lugar el día 6 de octubre de cada año, coincidiendo con el aniversario de la creación de la Comisión Nacional de Turismo. En la disposición transitoria única, se establece que la supresión de categorías no afecta al derecho a seguir ostentando las insignias, medallas y placas correspondientes a las condecoraciones extinguidas, así como a los derechos que llevan aparejados. La disposición derogatoria única deroga el Decreto 3587/1962, de 27 de diciembre de 1962, que creaba la Medalla y la Placa del Mérito Turístico. En las disposiciones finales, se establece que el Ministro de Industria, Turismo y Comercio dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y que este entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 720/2005 crea y regula la Medalla y la Placa al Mérito Turístico, sustituyendo a la normativa anterior. Establece modalidades, condiciones de otorgamiento y un acto de entrega anual. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de nuevas condecoraciones**: Se establecen la Medalla y la Placa al Mérito Turístico, sin categorías. ⚠️ **Derogación de normativa anterior**: Se sustituye el Decreto 3587/1962, de 1962. 📋 **Modalidades y condiciones**: Se establecen siete modalidades para la Medalla y tres placas al año. ℹ️ **Fecha de entrega**: El acto de entrega tendrá lugar el 6 de octubre de cada año. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de creación de condecoraciones - **Fecha**: 20 de junio de 2005 - **Materias**: Turismo, condecoraciones, honoríficas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Medalla al Mérito Turístico, Placa al Mérito Turístico, condecoraciones honoríficas, turismo, reconocimiento, normativa, Real Decreto, España ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la aprobación del Real Decreto 720/2005, la distinción al Mérito Turístico se regía por el Decreto 3587/1962, una norma estatal que premiaba contribuciones notables al sector. Esta regulación nacional, de carácter honorífico y civil, se compara con otras normativas autonómicas que también establecen reconocimientos similares, aunque con enfoques y criterios propios de cada comunidad. La diferencia principal radica en que el Real Decreto actualiza y detalla las modalidades de concesión, ampliando el abanico de méritos reconocibles, mientras que el decreto anterior era más genérico. Esta actualización importa al ciudadano porque clarifica los criterios de selección, haciendo el proceso más transparente y accesible, y reconociendo de forma más específica las diversas facetas del desarrollo turístico, desde la hostelería hasta el ámbito internacional o el conocimiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────