Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, es una norma aprobada por el Parlamento de Navarra que regula cómo se gestiona y aprovecha la pesca en los ríos y lagos de la Comunidad Foral. Sustituye y actualiza la regulación anterior contenida en la Ley Foral de Caza y Pesca de 2005, adaptándola a la normativa medioambiental europea y estatal vigente. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que practican la pesca fluvial y lacustre en Navarra, así como a quienes desarrollan actividades de acuicultura. También afecta a las administraciones y entidades encargadas de gestionar los recursos naturales y los espacios protegidos de la Red Natura 2000 en el territorio navarro. **¿Qué cambia o establece?** La ley establece un nuevo marco normativo para ordenar el aprovechamiento de los recursos piscícolas de forma sostenible, respetando la protección de las especies silvestres y sus hábitats. Incorpora las obligaciones derivadas de la normativa europea —como el control de especies exóticas invasoras— y garantiza que la pesca solo se practique en los espacios, fechas, métodos y especies que la propia norma determine, quedando excluidas las especies protegidas. Todo ello bajo el principio de que Navarra puede ser más restrictiva, pero nunca menos exigente, que la legislación estatal en materia de protección del medio ambiente.
💬 Contexto ciudadano
La Ley Foral 21/2023 de Gestión Piscícola de Navarra sustituye la regulación de 2005, que integraba pesca y caza en un marco común. La separación en ley específica refleja la mayor complejidad regulatoria de la gestión piscícola fluvial en Navarra, con cuencas del Ebro y del Cantábrico, y con especies de alto valor ecológico y cinegético como la trucha y el salmón atlántico. La norma incorpora las obligaciones del Reglamento UE 1143/2014 sobre especies exóticas invasoras —especialmente la trucha arco iris y el siluro, que amenazan las poblaciones autóctonas— y los mandatos de la Directiva Marco del Agua (2000/60) sobre el buen estado ecológico de las masas de agua. El principio de que Navarra puede ser más restrictiva que la legislación estatal —pero no menos exigente— es la regla de articulación entre el Derecho foral y la legislación básica estatal en materia de conservación de la naturaleza.