Recurso de inconstitucionalidad n.º 7549-2023, contra disposición final segunda y disposición derogatoria única (inciso "y de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública") del Decreto-ley del Gobierno de las Illes Balears 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución del Tribunal Constitucional por la que se admite a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado contra parte de una norma del Gobierno de las Illes Balears. Admitir a trámite significa que el Tribunal acepta estudiar si esa norma va o no contra la Constitución, sin pronunciarse todavía sobre el fondo. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente al Gobierno de las Illes Balears, que aprobó el Decreto-ley impugnado, y a los funcionarios públicos de esa comunidad autónoma, ya que la parte recurrida tiene que ver con los requisitos de conocimiento del catalán en la función pública. El recurso fue presentado por más de cincuenta diputados del Congreso de los Grupos Parlamentarios Socialista y Sumar. **¿Qué cambia o establece?** No cambia ninguna norma por sí misma, pero abre un procedimiento ante el Tribunal Constitucional para examinar dos partes concretas del Decreto-ley balear 5/2023: su disposición final segunda y el inciso de su disposición derogatoria que eliminaba la Ley 4/2016, que establecía medidas para recuperar el uso del catalán en la función pública. Mientras el Tribunal resuelve, esas disposiciones quedan bajo revisión judicial.
💬 Contexto ciudadano
El Decreto-ley balear 5/2023 fue impugnado por diputados del PSOE y Sumar por los preceptos que derogaban la Ley 4/2016 sobre capacitación lingüística en catalán en la función pública y que establecían medidas en el ámbito educativo. El conflicto sobre la política lingüística en la función pública de las Illes Balears reproduce el debate recurrente entre el modelo de bilingüismo activo —exigir conocimiento de catalán como requisito para el acceso o ejercicio de funciones públicas— y el de bilingüismo pasivo, menos exigente. El Tribunal Constitucional ha establecido jurisprudencia sobre los límites de la cooficialidad lingüística y los requisitos de acreditación de lengua en el empleo público autonómico. La impugnación de la disposición derogatoria —que eliminaba una ley de capacitación lingüística— añade la cuestión de si el Gobierno autonómico puede, mediante decreto-ley de urgencia, derogar una ley aprobada por el Parlamento sin tramitación parlamentaria específica.