Real Decreto 1224/2005, de 13 de octubre, por el que se crea y regula la Comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad industrial.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1224/2005, de 13 de octubre, por el que se crea y regula la Comisió ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1224/2005 crea y regula la Comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad industrial, sustituyendo a la Comisión interministerial previa. Establece su estructura, funciones, secretariado permanente, financiación y entrada en vigor. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 114/2000 creó la Comisión interministerial para actuar contra la piratería en derechos de propiedad intelectual e industrial, integrada exclusivamente por miembros de la Administración General del Estado. La persistencia de la piratería ha exigido una mayor colaboración entre sectores públicos y privados. Por ello, se propone una nueva comisión intersectorial que incluya a las comunidades autónomas y entidades locales, para mejorar la eficacia en la lucha contra estas conductas ilícitas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1224/2005, de 13 de octubre de 2005, crea la Comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad industrial, sustituyendo a la Comisión interministerial previa establecida por el Real Decreto 114/2000. La nueva comisión se caracteriza por la inclusión de representantes de las comunidades autónomas y entidades locales, lo que refleja la necesidad de una colaboración más amplia entre distintas administraciones públicas. La comisión se regirá bajo el principio de cooperación y colaboración entre todas las Administraciones públicas, lo cual se considera esencial para abordar eficazmente el problema de la piratería en el ámbito de la propiedad industrial. Para su funcionamiento, se establece el Secretariado Permanente, que actuará como órgano de asistencia y apoyo, adscrito a la Subdirección General de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales de la Oficina Española de Patentes y Marcas. La creación de puestos de trabajo en el Secretariado Permanente requerirá la aprobación por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, con el rango y retribuciones que se consideren pertinentes. En cuanto a las funciones de la Comisión intersectorial, se establece que se desarrollarán sin perjuicio de las funciones de la Conferencia Sectorial de Industria y Energía, que se rige bajo el régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común, según el artículo 5 de la Ley 30/1992. En materia de financiación, se establece que la aprobación del real decreto no podrá suponer un incremento de gasto público. En cuanto a la derogación normativa, se establece que queda derogado el Real Decreto 114/2000, de 28 de enero, que creaba y regulaba la Comisión interministerial previa. Finalmente, el real decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y fue dado en Madrid el 13 de octubre de 2005, firmado por el Rey Juan Carlos I y firmado por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla Aguilera. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1224/2005 crea una nueva Comisión intersectorial para actuar contra la piratería en la propiedad industrial, con mayor participación de las comunidades autónomas y entidades locales. Sustituye al Real Decreto 114/2000 y establece un marco de colaboración entre distintas administraciones. La entrada en vigor se produce tras su publicación en el BOE. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión intersectorial**: Sustituye a la Comisión interministerial previa, con participación de comunidades autónomas y entidades locales. ⚠️ **Derogación del Real Decreto 114/2000**: Se elimina la norma anterior que establecía la Comisión interministerial. 📋 **Funciones y estructura**: Incluye el Secretariado Permanente, con adscripción a la Oficina Española de Patentes y Marcas. ℹ️ **Financiación y entrada en vigor**: No se permite incremento de gasto público; entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 13 de octubre de 2005 - **Materias**: Propiedad industrial, derechos de propiedad intelectual, colaboración intersectorial, administración pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Comisión intersectorial, propiedad industrial, piratería, colaboración interadministrativa, Secretariado Permanente, Real Decreto 1224/2005. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 2005, la Comisión interministerial creada en 2000, si bien abordaba la propiedad intelectual e industrial, se componía exclusivamente de miembros de la Administración General del Estado, limitando la colaboración. La normativa estatal previa no contemplaba una estructura tan inclusiva como la propuesta ahora, que busca la máxima cooperación entre administraciones públicas y privadas, un enfoque que se alinea con la creciente necesidad de abordar la piratería de forma coordinada, algo que otras Comunidades Autónomas o directivas de la UE podrían haber abordado de manera distinta o menos específica. La aprobación de este Real Decreto por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, introduce una diferencia crucial: la integración de las Comunidades Autónomas y las entidades locales, así como representantes de consumidores. Esta inclusión es vital para el ciudadano porque permite una acción más efectiva y coordinada contra las actividades ilícitas que defraudan a los consumidores y vulneran derechos de propiedad industrial, mejorando la protección de sus intereses. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────