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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1412/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional.

BOE-A-2005-20880Publicada: 20/12/2005Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1412/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la Comisión Int ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1412/2005, de 25 de noviembre, establece el régimen jurídico de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional, modificando su composición, funciones y organización para mejorar su eficacia en la coordinación interdepartamental en materia de cooperación para el desarrollo. 2. **CONTEXTO** La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, atribuye al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación la dirección de la política española de cooperación internacional para el desarrollo. En el sistema español de cooperación, las competencias de gestión de los distintos instrumentos de cooperación corresponden a diferentes departamentos ministeriales, lo que hace necesaria una coordinación interministerial. La Comisión Interministerial de Cooperación Internacional fue creada inicialmente por el Real Decreto 451/1986, y posteriormente modificada por el Real Decreto 23/2000. Sin embargo, cambios en las estructuras ministeriales y la experiencia de funcionamiento han llevado a la necesidad de una nueva adaptación de su organización. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1412/2005 regula la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional como órgano de coordinación técnica interdepartamental en materia de cooperación para el desarrollo. La norma establece que la Comisión debe reunirse al menos dos veces al año (Artículo 4), y puede constituir grupos de trabajo con carácter permanente o para cuestiones específicas (Artículo 5). En cuanto a su funcionamiento, se aplican las normas del capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Artículo 6). En materia de composición, el Real Decreto establece que los vocales de la Comisión deben ser designados por los titulares de los distintos Ministerios, y que se garantice la paridad entre hombres y mujeres en su composición (Artículo 1, letra m)). Además, se establece que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación asumirá los gastos de funcionamiento de la Comisión con cargo al presupuesto ordinario de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, sin que pueda producirse incremento de gasto público (Disposición adicional única). En cuanto a la derogación, se establece que quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este real decreto, y expresamente el Real Decreto 23/2000, de 14 de enero, sobre competencias, funciones, composición y organización de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional (Disposición derogatoria única). Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (Disposición final única). La norma se basa en la necesidad de adaptar la organización de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional a los cambios en las estructuras ministeriales y a la experiencia de funcionamiento, con el objetivo de mejorar la eficacia de la cooperación internacional para el desarrollo. La paridad de género en la composición de la Comisión se establece como un principio fundamental, en línea con la política de igualdad vigente en la Administración Pública. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1412/2005 modifica el régimen jurídico de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional, con el objetivo de mejorar su eficacia y coordinación interdepartamental. Establece principios como la paridad de género y la aplicación de normas generales sobre órganos colegiados. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional**: Establece su naturaleza, funciones y organización. ⚠️ **Paridad de género**: Se garantiza la igualdad entre hombres y mujeres en la composición de la Comisión. 📋 **Funcionamiento**: Aplica normas generales sobre órganos colegiados de la Ley 30/1992. ℹ️ **Derogación normativa**: Se derogó el Real Decreto 23/2000, de 14 de enero. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 25 de noviembre de 2005 - **Materias**: Cooperación internacional, organización de órganos públicos, igualdad de género - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial, cooperación internacional, paridad de género, órgano colegiado, normativa administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la coordinación de la política española de cooperación internacional para el desarrollo ya estaba contemplada en la Ley 23/1998, que establecía la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional como órgano de coordinación técnica. Esta normativa estatal se alinea con la necesidad de coordinación que surge de la estructura descentralizada de la cooperación en España, donde diferentes ministerios gestionan instrumentos de ayuda, y es un reflejo de las directivas de la Unión Europea que promueven la coherencia y eficacia de la ayuda al desarrollo. La Comisión, aprobada por el Consejo de Ministros y propuesta por el Ministerio de Asuntos Exteriores, busca mejorar la eficacia de la ayuda, lo cual es relevante para el ciudadano al asegurar que los recursos públicos se utilizan de manera más eficiente y coordinada, maximizando su impacto en los países receptores y en la imagen internacional de España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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