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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1473/2005, de 9 de diciembre, por el que se modifican los anexos del Real Decreto 1328/2000, de 7 de julio, por el que se establecen los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de los animales objeto de programas nacionales de erradicación de enfermedades.

BOE-A-2005-21434Publicada: 29/12/2005MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1473/2005, de 9 de diciembre, por el que se modifican los anexos de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1473/2005 modifica los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales en programas nacionales de erradicación de enfermedades, incrementando hasta un 25% las indemnizaciones en casos de vaciado sanitario por brucelosis o tuberculosis bovina. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1328/2000 establecía los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales en programas de erradicación de enfermedades. La Ley 8/2003, de Sanidad Animal, prevé la indemnización por dichos sacrificios. En 2005, se decidió modificar los baremos, especialmente en el anexo II, para adecuarse a la situación sanitaria y a los programas de erradicación de enfermedades como la brucelosis y tuberculosis bovina. La modificación busca incrementar las indemnizaciones en un 25% en casos de vaciado sanitario. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1473/2005, de 9 de diciembre de 2005, modifica los anexos del Real Decreto 1328/2000, de 7 de julio de 2000, que establecen los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales en programas nacionales de erradicación de enfermedades. La modificación se realiza en el marco de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, que en su artículo 21 prevé la indemnización por sacrificio obligatorio de animales y destrucción de medios de producción contaminados, en función de los baremos aprobados y en la forma y condiciones establecidas reglamentariamente. El Real Decreto 1328/2000 establecía los baremos de indemnización, entre los que se incluían los valores unitarios para diferentes categorías de animales. En el Real Decreto 1473/2005, se modifican estos valores, especialmente en el anexo II, para prever el vaciado sanitario de explotaciones por brucelosis o tuberculosis bovina. Se establece que, en estos casos, los valores pueden incrementarse hasta un 25% respecto a los valores previstos en los apartados 1 y 2 del anexo II. En el anexo II, se establecen las siguientes cuantías unitarias de indemnización: - Desde 12 meses hasta 24 meses: 384,65 euros. - Desde 24 meses hasta 5 años: 528,89 euros. - Desde 5 años hasta 10 años: 480,81 euros. - Mayores de 10 años: 240,40 euros. Además, se introduce un nuevo apartado 4 en el anexo II, que establece que los valores calculados según los apartados 1 y 2 pueden incrementarse hasta un 25% cuando la autoridad competente haya decidido el vaciado sanitario por brucelosis o tuberculosis bovina. La modificación también incluye una disposición transitoria única, que establece que el apartado 2.2 del artículo único del Real Decreto será de aplicación a las indemnizaciones por sacrificios obligatorios en los supuestos de vaciado sanitario decidido desde el 1 de enero de 2005. En cuanto a la competencia, el Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad. Finalmente, se establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1473/2005 modifica los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales en programas de erradicación de enfermedades, incrementando hasta un 25% las indemnizaciones en casos de vaciado sanitario. La modificación se realiza en el marco de la Ley 8/2003 y se aplica retroactivamente a indemnizaciones desde el 1 de enero de 2005. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de baremos**: Se incrementan las indemnizaciones en un 25% en casos de vaciado sanitario por brucelosis o tuberculosis bovina. ⚠️ **Aplicación retroactiva**: La modificación se aplica a indemnizaciones desde el 1 de enero de 2005. 📋 **Cuantías unitarias**: Se establecen valores específicos para diferentes categorías de animales. ℹ️ **Base legal**: La modificación se realiza en el marco de la Ley 8/2003 y se fundamenta en la Constitución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1473/2005 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 9 de diciembre de 2005 - **Materias**: Sanidad animal, indemnización, programas de erradicación - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: indemnización, sacrificio obligatorio, erradicación de enfermedades, brucelosis, tuberculosis bovina, Ley 8/2003, Real Decreto 1328/2000, Real Decreto 1473/2005. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 2005, los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales en programas de erradicación de enfermedades se regían por el Real Decreto 1328/2000. La normativa estatal, en este caso, se alinea con directivas de la Unión Europea, como la Decisión 2004/840/CE, que aprueba programas de erradicación y establece la cofinanciación comunitaria. Las Comunidades Autónomas fueron consultadas en su elaboración, lo que sugiere un marco de colaboración, aunque la aprobación final recae en el Gobierno central. Esta modificación es relevante para el ciudadano, especialmente para los ganaderos, ya que actualiza y, en algunos casos, incrementa las cuantías de las indemnizaciones por sacrificio forzoso, garantizando una compensación más adecuada y expresada en euros, lo que aporta seguridad jurídica en situaciones sanitarias adversas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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