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Ley 8/2005, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario.

BOE-A-2006-2102Publicada: 09/02/2006COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Ley 8/2005, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley 11/1997, de 2 de dicie ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 8/2005, de 21 de diciembre, modifica la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario, con el objetivo de simplificar y acelerar el procedimiento de autorización para la construcción, modificación y ampliación de instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica en Canarias. 2. **CONTEXTO** La Ley 11/1997 otorgaba a la Administración autonómica competencias en materia de autorización de instalaciones energéticas. Sin embargo, la concurrencia de distintas competencias sectoriales (ordenación del territorio, urbanismo y energía) generaba una pluralidad de autorizaciones y trámites, lo que dificultaba la ejecución de proyectos energéticos. La Ley 8/2005 busca resolver este problema mediante una regulación más eficiente y coordinada. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 8/2005 introduce modificaciones a la Ley 11/1997 con el fin de simplificar y agilizar el procedimiento de autorización para instalaciones energéticas en Canarias. En concreto, se establece que, para proyectos de instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica con potencia inferior a 50 MW, la Consejería competente en materia de energía podrá declarar el interés general de las obras necesarias para su ejecución. Esto implica que, en ciertos casos, no será necesario obtener licencia urbanística o cualquier otro acto de control preventivo municipal. Sin embargo, el órgano competente para la autorización deberá remitir el proyecto al ayuntamiento y al cabildo insular correspondiente, quienes tendrán un plazo de un mes para informar sobre la conformidad o disconformidad del proyecto con el planeamiento territorial o urbanístico vigente. Si transcurrido ese plazo no se recibe respuesta, se entenderá que el trámite está evacuado y el procedimiento continuará. En caso de disconformidad con el planeamiento o en ausencia de éste, el proyecto será elevado al Gobierno de Canarias, quien decidirá si procede su ejecución. Si se considera procedente, precisará los términos de la ejecución y ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial o urbanístico. Además, la conformidad de las administraciones públicas consultadas o, en su defecto, el acuerdo favorable del Gobierno de Canarias legitimará la ejecución de los actos de construcción, edificación y uso del suelo incluidos en los proyectos de instalaciones energéticas, sin necesidad de otros instrumentos de planificación territorial o urbanística. La Ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», y se publicó el 28 de diciembre de 2005. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 8/2005 busca simplificar y agilizar el procedimiento de autorización para instalaciones energéticas en Canarias. Establece que, en ciertos casos, no será necesario obtener licencias urbanísticas, pero sí se requiere la conformidad de las administraciones locales. La Ley busca mejorar la coordinación entre distintas competencias sectoriales y facilitar la ejecución de proyectos energéticos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Simplificación del trámite**: Se elimina la necesidad de licencias urbanísticas en ciertos casos. ⚠️ **Coordinación entre administraciones**: Se requiere la conformidad de ayuntamientos y cabildos insulares. 📋 **Procedimiento acelerado**: Se establece un plazo de un mes para la evaluación de los proyectos. ℹ️ **Legitimación de la ejecución**: La conformidad de las administraciones o el acuerdo del Gobierno legitimará la ejecución de los proyectos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Canarias) - **Fuente**: Ley 8/2005, de 21 de diciembre - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha de entrada en vigor**: 28 de diciembre de 2005 - **Materias**: Energía, urbanismo, ordenación del territorio, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: instalaciones energéticas, autorización, trámite, urbanismo, planeamiento territorial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta modificación, la Ley 11/1997 ya otorgaba a la Comunidad Autónoma de Canarias competencias para autorizar instalaciones eléctricas, pero la experiencia demostró que la concurrencia de normativas de ordenación del territorio, urbanismo y energía generaba múltiples autorizaciones y retrasos. Esta ley canaria, aprobada por el Parlamento de Canarias, introduce un procedimiento excepcional para obras de interés general en el sector eléctrico, agilizando la ejecución de proyectos. Si bien otras Comunidades Autónomas y la normativa estatal pueden tener mecanismos similares para coordinar competencias, esta ley busca específicamente dar celeridad a las infraestructuras energéticas en Canarias, lo cual es relevante para el ciudadano al facilitar un suministro eléctrico más rápido y seguro, sin menoscabo de la protección medioambiental. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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