Ley 1/2024, de 24 de enero, medidas temporales y urgentes para la protección del paisaje de La Rioja.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una ley de la Comunidad Autónoma de La Rioja que busca proteger el paisaje rural, los terrenos agrícolas y ganaderos contra la proliferación de grandes instalaciones de generación de energía renovable (parques eólicos y solares) que se están expandiendo sin planificación previa en suelos no urbanizables. **¿A quién afecta?** Afecta a los propietarios de terrenos agrícolas y ganaderos en La Rioja, a los promotores privados que quieren instalar parques eólicos y solares, y a la administración regional encargada de autorizar estos proyectos. También afecta a cualquier ciudadano que habite o transita estos territorios. **¿Qué cambia o establece?** Cuestiona la declaración automática de utilidad pública para nuevos proyectos privados de energía renovable. La ley argumenta que La Rioja ya ha superado ampliamente los objetivos nacionales (alcanzaría el 43% de energías renovables frente al 42-48% estatal previsto), por lo que no es justificable seguir permitiendo que empresas privadas expropien terrenos agrícolas que fueron mejorados con inversión pública previa. Establece así límites a la expansión de nuevas instalaciones de energía renovable para proteger el paisaje y la productividad agraria existente.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 1/2024 de La Rioja sobre protección del paisaje cuestiona la declaración automática de utilidad pública para proyectos privados de energía renovable en suelo agrícola, invocando que La Rioja ya ha superado sus objetivos nacionales de renovables. La norma entra en conflicto potencial con la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado —que el Gobierno central podría invocar para impugnarla—. El debate sobre el coste territorial y paisajístico de las renovables es común en toda la UE: Alemania debate el Abstandsregelung para eólicos, Francia la distancia mínima a núcleos habitados, e Italia las restricciones en zonas agrícolas de valor. La posición de La Rioja plantea la cuestión de quién soporta los costes territoriales de la transición energética cuando una región ya ha cumplido su cuota de renovables: ¿puede negarse a acoger más instalaciones cuyos beneficios energéticos se exportan a otras regiones mientras los costes paisajísticos son locales?