Orden APA/494/2006, de 24 de febrero, por la que se prorroga el plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones estatales para el desarrollo del Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, durante el año 2006.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden APA/494/2006, de 24 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación | TIPO: Orden Ministerial (prórroga de plazo) | FECHA: 24.02.2006 | IDENTIFICADOR: APA/494/2006 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Agricultura, Ganadería, Ayudas y subvenciones, Selección genética, Sanidad animal | ÁMBITO: Estatal | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Una orden que amplía el plazo para que los ganaderos y las comunidades autónomas presenten solicitudes de subvenciones estatales para programas de selección genética de ovino resistente a enfermedades, trasladando el vencimiento del 28 de febrero al 30 de junio de 2006. --- **CONTEXTO** El Gobierno aprobó el Real Decreto 1312/2005 (4 noviembre) para fomentar la selección genética en ovejas con resistencia a encefalopatías espongiformes transmisibles (*EET*, equivalente a la enfermedad de Scrapie). Cada comunidad autónoma debía convocar las ayudas y los solicitantes presentar sus programas antes del 28 de febrero. Sin embargo, los retrasos en la tramitación y publicación del decreto hicieron imposible que las CCAA preparasen las convocatorias a tiempo. Por solicitud expresa de las regiones, se decide ampliar el plazo administrativamente. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 1312/2005 establecía como plazo límite de presentación de solicitudes el 28 de febrero de cada año (artículo 23), siendo obligatorio acompañar copia del programa de selección genética aprobado por la autoridad competente autonómica. En el año 2006, la demora en la tramitación y publicación de dicho decreto impidió a las comunidades autónomas: (i) elaborar y aprobar los programas de selección; (ii) publicar las correspondientes convocatorias públicas de ayudas; y (iii) permitir a los solicitantes preparar y enviar sus solicitudes en tiempo útil. Ante esta situación de urgencia administrativa, y por petición de las comunidades autónomas, el Ministerio de Agricultura resuelve, conforme a la Ley 30/1992 (Régimen Jurídico de la Administración Pública) y bajo la habilitación del artículo final primero del Real Decreto 1312/2005, ampliar el plazo para la presentación de solicitudes durante el año 2006 hasta el **30 de junio, inclusive**. Esta medida es excepcional para la campaña 2006 y no afecta a los plazos ordinarios de convocatorias posteriores. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno da cuatro meses extra (de febrero a junio de 2006) a los ganaderos de ovejas para solicitar dinero público destinado a mejorar la genética de sus rebaños. Lo hace porque hubo retrasos administrativos que impidieron a las comunidades autónomas preparar las solicitudes a tiempo. Es una excepción puntual para ese año. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Nuevo plazo límite**: El vencimiento se trasada al 30 de junio de 2006, inclusive. No se admitirán solicitudes posteriores a esa fecha. 📋 **Documentación obligatoria**: Sigue siendo preceptivo acompañar copia del programa de selección genética aprobado por la autoridad competente de la comunidad autónoma. ⚠️ **Carácter excepcional**: Esta prórroga es única para la campaña 2006. A partir de 2007, se reanudará el plazo ordinario del 28 de febrero conforme al Real Decreto 1312/2005. No asumir automáticamente nuevas prórrogas en campañas futuras. ℹ️ **Relevancia administrativa**: Este modelo de prórroga por demora legislativa es habitual en subvenciones estatales. Permite comprender cómo la Administración gestiona incumplimientos de plazos cuando la causa es responsabilidad propia. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden APA/494/2006, el Real Decreto 1312/2005 establecía un plazo estatal para la presentación de solicitudes de subvenciones en materia de selección genética en ovejas resistentes a enfermedades como la Scrapie, con vencimiento el 28 de febrero de 2006. Sin embargo, debido a retrasos en la tramitación y publicación del decreto, las comunidades autónomas no pudieron convocar oportunamente las ayudas. Esta orden, por tanto, se alinea con el marco estatal, pero introduce una prorroga específica para adaptarse a las dificultades regionales, resaltando la importancia de la coordinación entre el Estado y las CCAA en políticas agrarias y sanitarias.