Orden FOM/745/2006, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden de 14 de marzo de 2001, por la que se regulan la composición y las funciones de la Junta de Contratación, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/745/2006, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden de 14 de marz ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La necesidad de flexibilidad en la designación del Secretario surgió de la experiencia adquirida, la diversidad de expedientes y el elevado número de reuniones que debe celebrar la Junta de Contratación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden FOM/745/2006 introduce una modificación en la Orden de 14 de marzo de 2001, que establecía la composición y funciones de la Junta de Contratación, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento. La modificación afecta específicamente al epígrafe D) del apartado Tercero.1 de dicha Orden, que regula la designación del Secretario de la Junta de Contratación. La redacción del epígrafe D) se modifica para establecer que el Secretario de la Junta de Contratación será un Jefe de Área o de Servicio de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera, designado por el titular de este órgano, y que dispondrá de voz y voto. Esta modificación introduce una mayor flexibilidad en la designación del Secretario, permitiendo que este sea designado por el titular de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera, en lugar de por el Ministro o por otro órgano. Esta modificación se realiza con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, lo que refleja la necesidad de coordinación entre los ministerios involucrados en la gestión de la Junta de Contratación. La entrada en vigor de la Orden se establece en el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», lo que garantiza una aplicación inmediata de los cambios introducidos. La modificación busca racionalizar y agilizar el funcionamiento de la Junta de Contratación, facilitando la gestión de los expedientes y la celebración de reuniones. La flexibilidad en la designación del Secretario permite adaptar la estructura a las necesidades operativas del Ministerio de Fomento, sin comprometer la legalidad o la funcionalidad del órgano. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden FOM/745/2006 introduce una modificación en la designación del Secretario de la Junta de Contratación del Ministerio de Fomento, con el objetivo de dotar de mayor flexibilidad y agilidad en su funcionamiento. La modificación se realiza con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la designación del Secretario de la Junta de Contratación**: Se establece que el Secretario será designado por el titular de la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera. ⚠️ **Aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas**: La modificación requiere la aprobación del Ministro competente, lo que refleja la necesidad de coordinación interministerial. 📋 **Flexibilidad en la gestión**: La modificación busca racionalizar y agilizar el funcionamiento de la Junta de Contratación. ℹ️ **Entrada en vigor inmediata**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, lo que garantiza una aplicación rápida de los cambios. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden FOM/745/2006 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 1 de marzo de 2006 - **Materias**: Contratación pública, organización administrativa, funciones de órganos colegiados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Junta de Contratación, Secretario, Ministerio de Fomento, flexibilidad, agilidad, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden FOM/745/2006, la regulación de la Junta de Contratación del Ministerio de Fomento se basaba en la Orden de 14 de marzo de 2001, que ya había sido modificada por la Orden FOM/160/2005 tras una reorganización del Departamento. Esta normativa nacional, específica del Ministerio de Fomento, no se compara directamente con normativas de otras Comunidades Autónomas, ya que la contratación pública a nivel ministerial es competencia estatal. Tampoco se trata de una transposición de directivas europeas, sino de una regulación interna de funcionamiento. La aprobación de esta modificación requirió la previa del Ministro de Administraciones Públicas, lo que subraya la importancia de la coordinación interministerial. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque una mayor agilidad y racionalización en el funcionamiento de la Junta de Contratación puede traducirse en procesos de licitación más eficientes y rápidos, beneficiando la transparencia y la competencia en la adjudicación de contratos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────