Orden AUC/78/2024, de 23 de enero, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Colón, en la República de Panamá.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Asuntos Exteriores que crea un Consulado Honorario de España en la ciudad de Colón, República de Panamá. Se trata de una nueva oficina consular que funcionará bajo la supervisión de la Embajada de España en Panamá. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a ciudadanos españoles residentes o de paso por la provincia de Colón, que podrán acceder a servicios consulares de emergencia y protección. También afecta a la administración española, que asume la atención consular en esa región de Panamá. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el Consulado Honorario tendrá su sede en Colón con jurisdicción sobre toda la provincia de Colón. La oficina funcionará con los recursos existentes del Ministerio, sin aumento de presupuesto ni personal. El titular tendrá rango de Cónsul Honorario y la orden entra en vigor el día después de su publicación oficial.
💬 Contexto ciudadano
Colón, segunda ciudad de Panamá, acoge la Zona Libre de Colón —la mayor zona franca de las Américas por volumen de comercio— y el extremo atlántico del Canal de Panamá. La apertura de un Consulado Honorario de España en Colón complementa la cobertura de la Embajada en Ciudad de Panamá para ciudadanos y empresas españoles vinculados a las actividades de la Zona Libre, la logística portuaria y los proyectos de infraestructuras. España tiene intereses empresariales significativos en Panamá: Acciona participó en la ampliación del Canal, y varias empresas logísticas y financieras españolas operan en la Zona Libre. La creación de consulados honorarios en ciudades de segundo nivel con actividad económica española intensa es coherente con la estrategia del MAEUEC de ampliar cobertura sin incremento de presupuesto, aprovechando la ausencia de costes de personal del sistema honorario.