Corrección de errores del Real Decreto 520/2006, de 28 de abril, por el que se regulan las entidades que presten servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias y la concesión de ayudas a su creación, adaptación y utilización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 520/2006, de 28 de abril, por el que se regulan las entidades que presten servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias y la concesión de ayudas a su creación, adaptación y utilización. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Contenido | |-------|-----------| | **Jurisdicción** | ES (España) | | **Fuente** | ES-BOE-REA (Boletín Oficial del Estado — Rectificación de Errores) | | **Órgano** | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación | | **Tipo** | Real Decreto / Corrección de erratas | | **Fecha original** | 28 de abril de 2006 (RD 520/2006) | | **Identificador** | RD 520/2006; BOE núm. 102, de 29 de abril de 2006, pág. 16859 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Subvenciones y ayudas públicas (Derecho Administrativo); Agricultura y ganadería; Asesoramiento técnico agrario | | **Ámbito** | Nacional | | **Relevancia IW** | INFORMATIVA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Se corrige un error material en una referencia normativa del artículo 9, apartado 5, del Real Decreto 520/2006: se elimina la mención errónea a la "disposición final primera" que no debería aparecer en la lista de artículos que regulan las ayudas. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Real Decreto 520/2006 es la norma fundamental que regula en España las entidades privadas que prestan servicios de asesoramiento técnico y económico a explotaciones agrarias, así como el régimen de ayudas públicas para la creación, adaptación y utilización de estas entidades de asesoramiento. Esta fe de erratas corrige una deficiencia redaccional detectada en el texto publicado originalmente en el BOE, sin alterar el alcance sustantivo de la regulación. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La corrección afecta al artículo 9, apartado 5, donde se regulan los requisitos de las ayudas a las entidades de asesoramiento. El error consistía en que la redacción original hacía referencia a «ayudas establecidas en los artículos 10, 11 y disposición final primera», cuando la referencia correcta debe limitarse únicamente a «ayudas establecidas en los artículos 10 y 11». Esta corrección elimina la mención a la "disposición final primera" (*Final Provision 1*), que no debe incluirse en esta enumeración normativa. El error fue detectado por la administración tras la publicación en el BOE núm. 102, de 29 de abril de 2006, en la página 16859, columna segunda. Aunque la fe de erratas no especifica expresamente la fecha de su publicación, estas rectificaciones tienen efectos retroactivos a la fecha de publicación original del decreto, garantizando que el texto correcto es el único válido desde el momento de entrada en vigor del RD 520/2006. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se encontró un error tipográfico en un decreto que regula las ayudas para profesionales que asesoran a agricultores: se había mencionado por error una disposición final que no debería estar ahí. La administración corrige este lapsus eliminando esa referencia innecesaria, para que quede claro cuáles son exactamente los artículos que fijan las condiciones de las ayudas. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de aplicación retroactiva**: Esta corrección debe interpretarse como vigente desde la publicación original del RD 520/2006 (29 de abril de 2006), no desde la fecha de la fe de erratas. Cualquier acto administrativo derivado debe acomodarse a la redacción correcta. ✅ **Impacto limitado y aclaratorio**: La corrección no modifica el régimen sustantivo de ayudas ni crea nuevas obligaciones; solo elimina una referencia normativa incorrecta que podría haber generado dudas interpretativas. ℹ️ **Relevancia para entidades de asesoramiento**: Las entidades que prestan servicios de asesoramiento agrario (cooperativas, asociaciones, empresas privadas) deben verificar que sus solicitudes de ayuda y documentación administrativa se alineen con los artículos 10 y 11 correctamente identificados, sin invocar la disposición final primera. ⚠️ **Precaución en histórico normativo**: Al consultar versiones antiguas o no consolidadas del RD 520/2006, es posible encontrar aún la referencia errónea. Siempre consulte la versión con erratas subsanadas en la base de datos oficial del BOE o en plataformas de legislación consolidada. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Corrección de errores del Real Decreto 520/2006, la normativa estatal sobre asesoramiento agrario y ayudas a su creación y utilización se regía principalmente por este Real Decreto, que establecía un marco general aplicable a toda España. Antes de su publicación, las Comunidades Autónomas (CCAA) tenían cierta autonomía para adaptar estas normas a sus contextos específicos, pero sin un marco estatal claro. La importancia de esta corrección radica en garantizar la precisión normativa, evitando errores que pudieran generar incertidumbre en la aplicación de ayudas y en la regulación del asesoramiento técnico agrario, asegurando así la coherencia entre el ámbito estatal y las CCAA.