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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 777/2006, de 23 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan nacional de asignación de derechos de emisión, 2005-2007.

BOE-A-2006-11290Publicada: 24/06/2006MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 777/2006, de 23 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 18 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 777/2006 modifica el Real Decreto 1866/2004, que aprobaba el Plan nacional de asignación de derechos de emisión, 2005-2007, incorporando ajustes derivados de la decisión de la Comisión Europea de 2004 y modificando aspectos relacionados con la asignación de derechos a nuevas instalaciones y la reserva de derechos. 2. **CONTEXTO** El Plan nacional de asignación de derechos de emisión, aprobado en 2004, establecía la asignación de derechos a instalaciones que emitían gases de efecto invernadero, bajo la normativa europea. La Comisión Europea, en 2004, determinó que era necesario ampliar el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, incluyendo más instalaciones. El Real Decreto 777/2006 incorpora estas modificaciones, ajustándose a la normativa comunitaria y mejorando la precisión de los datos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 777/2006, de 23 de junio de 2006, modifica el Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre de 2004, que aprobaba el Plan nacional de asignación de derechos de emisión, 2005-2007. La modificación se realiza en respuesta a la decisión de la Comisión Europea de 27 de diciembre de 2004, que instó a España a ampliar el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. La modificación incluye ajustes en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, incorporando nuevas instalaciones que no habían sido previamente consideradas. En concreto, se modifica el subepígrafe «4.A.a) Sector eléctrico», añadiendo un párrafo que establece que las instalaciones de ciclo combinado que no estén en funcionamiento antes del 30 de septiembre de 2004 y que no dispongan de autorizaciones administrativas pueden ser consideradas como nuevos entrantes y, por tanto, asignarles derechos de emisión. También se modifica el subepígrafe «4.A.b) Sectores industriales», añadiendo un párrafo que establece que las instalaciones afectadas por la ampliación del ámbito de la Ley se regirán por los mismos principios y criterios que las demás instalaciones de sectores industriales. Además, se modifica el apartado 6.B, párrafo segundo, del Plan nacional, estableciendo una reserva gratuita del 1,87 por ciento sobre las emisiones del escenario de referencia, lo que equivale a 3,294 Mt/año. Esta reserva es única para todos los sectores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, y su asignación se ajustará a los criterios fijados para su gestión. El Real Decreto tiene naturaleza básica y se dicta al amparo de las competencias estatales en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de la legislación básica sobre protección del medio ambiente, según los artículos 149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución. Entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 777/2006 modifica el Plan nacional de asignación de derechos de emisión para adaptarse a la normativa europea y mejorar la precisión de los datos. Se incorporan nuevas instalaciones y se establece una reserva de derechos. El Real Decreto tiene naturaleza básica y entra en vigor al publicarse. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones al ámbito de aplicación**: Se incorporan nuevas instalaciones, como las de ciclo combinado no en funcionamiento antes del 30 de septiembre de 2004. ⚠️ **Reserva de derechos**: Se establece una reserva del 1,87% sobre las emisiones del escenario de referencia. 📋 **Naturaleza del Real Decreto**: Tiene naturaleza básica y se dicta bajo competencias estatales. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor al publicarse en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 777/2006 - **Tipo**: Norma de modificación - **Fecha**: 23 de junio de 2006 - **Materias**: Medio ambiente, derechos de emisión, planificación económica - **Relevancia**: ALTA Palabras: 675 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión para 2005-2007 ya estaba aprobado por el Real Decreto 1866/2004, pero la Comisión Europea exigió su modificación para incluir todas las instalaciones de combustión de más de 20 MW, lo que España inicialmente no había hecho, a diferencia de otras CCAA o la normativa estatal que sí se alineaba con las directivas UE. Esta diferencia es crucial para el ciudadano porque afecta directamente a la cantidad de derechos de emisión asignados a las empresas, lo que puede repercutir en los costes de producción y, consecuentemente, en los precios de bienes y servicios, así como en el cumplimiento de los objetivos climáticos nacionales y europeos. La aprobación final de esta modificación recae en el Gobierno. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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